La causa fue elevada a juicio oral. El Tribunal Oral Federal en lo Criminal local deberá fijar fecha de inicio del debate. Están imputados los militares Darío Otero Arán, Enrique Basso, Roberto Mujica, Jorge Ripoll el Pino y Carlos Ruiz.
La justicia federal de Catamarca elevó a juicio oral y público la segunda parte de la causa por el secuestro de Nelly Yolanda Borda, Genaro Burgos, Francisco y Griselda Ponce, contra cinco militares imputados de "asociación ilícita" y "privación de la libertad" durante la dictadura cívico-militar. Así lo resolvió el juez Federal de Catamarca, Ricardo Antonio Moreno. El Tribunal Oral Federal en lo Criminal local deberá fijar fecha de inicio del debate, informó la Agencia Télam.
Francisco Ponce, ex dirigente del SMATA e integrante de la Juventud Obrera Católica, fue secuestrado el 6 de abril de 1976 por un grupo paramilitar cuando transitaba por la plaza 25 de Agosto, en el sector sur de Catamarca. Su hermana Griselda Ponce y su sobrino Julio Burgos fueron secuestrados de su vivienda el 15 de diciembre de 1976 y sin conocerse su paradero. Nelly Yolanda Borda fue secuestrada de su casa ubicada en Belén, delante de toda su familia.
En la causa se encuentran imputados los militares Darío Otero Arán, Enrique Basso, Roberto Mujica, Jorge Ripoll el Pino y Carlos Ruiz. Según explicó el magistrado, "se elevó al Tribunal Oral de Catamarca la segunda parte de la Causa 809". Cuando concluya la Feria Judicial local, el 25 de julio, comenzará la etapa de ofrecimiento de pruebas para ser incorporadas, recusaciones y otros procedimientos de rigor. "De ello dependerá si el Tribunal Oral Federal fija fecha para antes que finalice el 2014 o, caso contrario, se dispone que el juicio comience el año próximo", precisó.
Condenas para la primera parte de la Causa 809
La "Causa 809" fue desglosada por la investigación y se la dividió en dos partes. En la primera se juzgó y condenó a Juan Daniel Rauzzino y a Juan Carlos Lucena por considerarlos coautores materiales en calidad de "organizadores" del delito de "asociación ilícita", y por ser autores mediatos de la "privación ilegítima de libertad agravada", donde fueron considerados ideólogos de los secuestros de los cuatro jóvenes.
El 12 de junio de 2012 Lucena fue condenado a 16 años de prisión, en tanto que Rauzzino, a 10 años de prisión efectiva.