Entre las últimas modificaciones se menciona la prohibición explícita y sin excepciones de tareas represivas, compulsivas o funciones policiales a “todos los organismos de inteligencia”. Al mismo tiempo, se señala que toda tarea de “investigación criminal” sólo se efectuará con la autorización de la autoridad judicial competente, entre otras precisiones.
El proyecto de ley que crea la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y que obtuvo hoy dictamen en el Senado agregó unas últimas modificaciones a la propuesta original. Las mismas habían sido anunciadas por el secretario de Inteligencia, Oscar Parrilli. De ese modo, y con la aprobación de la Cámara alta, se cambiaron algunas partes del dictamen madre de Comisiones de Asuntos Constitucionales y de Justicia y Asuntos Penales.
Como adelantó esta agencia, en las modificaciones se menciona la prohibición explícita y sin excepciones de tareas represivas, compulsivas o funciones policiales a “todos los organismos de inteligencia”. Al mismo tiempo, se señala que toda tarea de “investigación criminal” sólo se efectuará con la autorización de la autoridad judicial competente, “en causa concreta, y sometido a las reglas procesales pertinentes”.
Otro de los puntos es que “se suprime la frase sustituye por la incorporase en el artículo 9 de la ley 25520 para que quede explícita la creación de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal “. En efecto, se amplía el plazo de invención de la nueva entidad: de 90 a 120 días.
También se simplifica la clasificación de seguridad a tres estamentos: secreto (afectar gravemente), confidencial (afectar parcialmente) y público (no sea perjudicial). Y se ratifica que será la Procuración General de la Nación, “órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, la responsable de la Dirección de Observaciones Judiciales y sus delegaciones, como único órgano del Estado que ejecutará las intercepciones o captaciones telefónicas”.
Además se modifica el principio general de las partidas presupuestarias de los organismos del Sistema de Inteligencia Nacional pasando de ser “reservados” a “públicos”. Para ello, se especifica que “sólo serán reservados los fondos necesarios para labores de inteligencia que su publicidad pueda afectar el desarrollo de las actividades”.
Una de las cuestiones que estuvo en el centro del debate en el Senado fue la búsqueda de una nueva transparencia para la AFI. “Se establece la obligación de velar por la mayor transparencia en la administración de fondos reservados, con adecuada rendición y preservación de documentación respiratoria posible”, dice el artículo 38 bis del proyecto.
Por último se establece un mecanismo de jubilación extraordinario para todo el personal que no cuente con la edad requerida, “pero sí con los años de agentes para obtener los beneficios de la jubilación ordinaria”.