Marina roció a Jésica, su pareja, con alcohol. Le quemó el 40 por ciento del cuerpo. Había sido condenada por lesiones graves en juicio abreviado. Deberá enfrentar un proceso que hace hincapié en la gravedad del hecho.
El 7 de octubre de 2008, cerca de las 11 de la noche, Marina Turletto fue al baño y buscó la botella de alcohol. Volvió al living, donde se había trenzado en una fuerte discusión con su pareja, Jésica M, y la roció. Segundos después, intentó apagar las llamas con sus manos y pidió auxilio. El cuerpo de su compañera terminó con el 40 por ciento de quemaduras. La cara, el cuello y el tronco, los miembros superiores y la pierna derecha fueron las zonas más afectadas.
Al principio Jésica dijo que había sido un accidente. Pero después contó lo que había pasado esa noche con su pareja. En noviembre de 2011 el Tribunal Oral en lo Criminal 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó a Marina a la pena de dos años y seis meses de prisión por el delito de lesiones graves. Ahora la Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal dijo que Marina debe enfrentar un nuevo juicio, esta vez por intento de homicidio.
El fiscal Javier Augusto De Luca había solicitado que la Cámara rechazara el recurso de casación interpuesto, porque la sentencia fue establecida en el marco de un juicio abreviado. Se trata de un mecanismo habilitado en el Código Procesal Nacional por el que, producto del acuerdo al que arriban el imputado y el fiscal, el primero admite la existencia del hecho, su participación y la calificación legal postulada, renunciando a su derecho de ser juzgado en un juicio oral, público, contradictorio y continuo -esta es su parte del trato-. Pero los camaristas Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani consideraron que Marina tuvo intención de matar a su pareja, aunque luego haya intentado apagar las llamas y se haya quemado las manos. Así, habilitó la realización de un nuevo juicio.
Aunque no discuten la constitucionalidad del juicio abreviado -como había solicitado la querella-, los jueces se centran en la gravedad del hecho. “Lo relevante es si en el momento en que roció a la víctima con alcohol y la prendió fuego, Turletto tuvo conocimiento y aceptó la posibilidad cierta del resultado de muerte como consecuencia del accionar desplegado; y no si –una vez concretada la agresión- se mostró conforme o arrepentida con la decisión (anterior) de llevar a cabo el ataque a pesar del riesgo que éste entrañaba para la vida (de Jésica)”, señalaron los dos camaristas que votaron la reapertura de la causa.
El fallo completo, en Infojus.