Los principales hitos de la causa en la que Casación volvió a poner la lupa sobre las responsabilidades de Callejeros y funcionarios porteños. Cómo se utilizó la teoría del “doble conforme”, que plantea la posibilidad de tener dos respuestas judiciales a una misma sanción penal.
El 30 de diciembre de 2004, un incendio en el boliche República de Cromañón terminó con la muerte de 194 personas y unos 1500 heridos. Ese día comenzó en los tribunales el camino judicial para condenar a los responsables del hecho, que hoy tuvo una nueva etapa con el fallo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal.
En 2014 la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a la Cámara Federal de Casación Penal que revise las condenas en un fallo novedoso, donde el máximo tribunal del país utilizó lo que se conoce como el “doble conforme”, una teoría que plantea la posibilidad de tener dos respuestas judiciales a una sanción penal.
En la causa hubo, en un primer momento, una absolución a los músicos que luego fueron condenados por la propia Cámara Federal de Casación por lo que el máximo tribunal entendió que para garantizar el derecho de los imputados debería haber una nueva revisión.
22:50 del 30 de diciembre de 2004
Una de las bengalas con las que algunos chicos recibieron a Callejeros incendió parte del techo del boliche y el humo tóxico hizo el resto. Más de tres mil personas estaban esa noche, 194 murieron y unas 1500 resultaron heridas. La única puerta de emergencia, que daba a un hotel, estaba cerrada.
El primer juicio
En agosto de 2008 comenzó el primer juicio por la tragedia realizado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 24 contra quince imputados y en 2009 llegó la primera condena. Omar Chaban, el dueño de Cromañón, fue condenado a 20 años de prisión; Diego Argañaraz, mánager del grupo, a 18 años, y la misma pena corrió para el subcomisario Carlos Díaz. Los siete músicos fueron absueltos. Las funcionarias Fabiana Fiszbin y Ana Fernández fueron condenadas por estrago doloso, cohecho (pago y cobro de coimas) y omisión de sus deberes de funcionarios públicos con dos años de prisión. Raúl Villareal, mano derecha de Chabán, sólo fue condenado a un año de prisión. El ex comisario Miguel Belay fue absuelto por el beneficio de la duda, al igual que el ex director adjunto de Fiscalización y Control Gustavo Torres.
Cambio de carátula y condena a los músicos
Ese fallo fue apelado y la Cámara Federal de Casación Penal cambió la carátula de “estrago doloso” a “estrago culposo”, un delito con menos pena. Además, en esta instancia se revocó la absolución de la banda y los condenó. La Sala III de Casación impuso penas de 10 años y 9 meses de prisión a Omar Chabán –que murió en noviembre del año pasado-, 5 años de prisión al ex manager de la banda Callejeros Diego Marcelo Argañaraz, a 7 años al líder del grupo Patricio Santos Fontanet, 6 años al baterista Eduardo Arturo Vázquez -quien también cumple una condena de 18 años por el asesinato de su esposa, Wanda Taddei-, 5 años a los restantes músicos de la banda, a 3 años al escenógrafo del grupo, Daniel Horacio Cardell; y a 6 años a Raúl Alcides Villarreal, mano derecha de Chabán.
GA/PW