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Infojus Noticias

22-7-2014|7:15|Salud Nacionales
Fallo sobre la salud laboral en la ciudad de Buenos Aires

Deben indemnizarlo porque tuvo tuberculosis trabajando en el Muñiz

Un hombre denunció que se enfermó porque el hospital era un “ámbito de trabajo insalubre”. La jueza Elena Liberatori le dio la razón el año pasado y ordenó al gobierno porteño a que le paguen 68.300 pesos por daños y perjuicios. Un fallo de Cámara confirmó el fallo de Liberatori y aumentó el monto de la indemnización a 84 mil pesos.

  • Ilustración: kitsch.
Por: Infojus Noticias

I.V. vive en Villa Celina junto a su esposa y cuatro hijos. Comenzó a trabajar en 1983 en el Hospital de Infecciosas Francisco Javier Muñiz como peón de patio. A mediados de 1984, pasó  al sector de Oxigenoterapia, pasó por la guardia y volvió a su antiguo rol. Esto se interrumpió en agosto de 2004. Un malestar general fue el inicio. Después comenzó a sentir tos seca, episodios de fiebre, pérdida de peso, la disminución del apetito y la transpiración profusa. Le diagnosticaron tuberculosis pulmonar y más tarde una “infección tuberculosa multiresistente”. El tratamiento de la enfermedad se volvió más agresivo. Entre octubre de ese año y enero de 2005 estuvo en un pabellón de aislamiento.

En abril de 2005 fue internado nuevamente por un cuadro de angina de pecho y lo operaron. I.V. relacionó todo este padecimiento a sus labores en el hospital Muñiz porque era un “ámbito de trabajo insalubre” donde “desarrollaba sus tareas se hallaban internados pacientes con patologías infecto contagiosas con los cuales el actor tenía contacto directo” por “la necesidad de brindarles oxígeno conforme prescripciones médicas”. Por eso pidió ante la justicia ser indemnizado.

La jueza del juzgado Contencioso, Administrativo y Tributario de la ciudad (CAyT) N° 14, Elena Liberatori, le dio la razón en septiembre de 2013 y ordenó al Gobierno de la Ciudad a que indemnice al hombre con 68.300 pesos por los daños y perjuicios. En esa sentencia la magistrada también declaró inconstitucional el artículo 39 de la Ley de Riesgos del Trabajo que no permite a un trabajador el “acceso a la vía resarcitoria civil”, lo que comúnmente se conoce como la “doble vía”.

Por unanimidad, la Sala I de la Cámara en lo CAyT confirmó el fallo de Liberatori y aumentó el monto de la indemnización. Los jueces Carlos Balbín, Mariana Díaz y Fabiana  Schafrik,  quienes explicaron que “sumado al padecimiento espiritual que suponen las secuelas de la enfermedad, cabe ponderar especialmente la duración del tratamiento y las condiciones en que se desarrolló éste por ser la tuberculosis una enfermedad contagiosa que supuso un riesgo para el grupo familiar del actor”.

El hombre sostenía que el “penoso tratamiento al que debió someterse –que entre otras circunstancias supuso, en ciertas etapas, la internación sin visitas de sus familiares– y el riesgo de muerte al que se vio expuesto”, era fundamento para aumentar la indemnización lograda en primera instancia. La Cámara aumentó la misma y ahora el Gobierno de la Ciudad deberá indemnizar al hombre con 84 mil pesos (30 mil pesos por daño moral, 24 mil por incapacidad física, 10 mil por daño psicológico, 9 mil seiscientos por el tratamiento y 5 mil por gastos médicos y de movilidad).

Después del peor momento de la enfermedad y tras la operación I.V. volvió a trabajar en abril de 2006 cuando le dieron el alta médica. Desde sólo puede hacer “tareas administrativas” porque se encuentra imposibilitado de realizar sus labores habituales.

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