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Infojus Noticias

28-8-2013|6:42|Ley de Medios Nacionales
Las infracciones a la Ley de Medios

El artículo 45 y las 237 licencias de cable del Grupo Clarín

El multimedio computa un total de 237 licencias de televisión por suscripción. Representan el 58,6% de todos los suscriptores a algún servicio de cable. El máximo de licencias permitidas por la ley es de 24, y el 35% del mercado total de abonados. Cómo debería adecuarse.

  • Ilustración: kitsch
Por: Infojus Noticias

La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) establece, en su artículo 45, cómo adecuarse cuando hay mutiplicidad de licencias. “A fin de garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias”, especifica. Es el artículo que más complicaciones genera al Grupo Clarín.

Es que el multimedio computa un total de 237 licencias de televisión por suscripción, 124 de ellas sólo en Buenos Aires. De acuerdo a los informes de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), esas 237 licencias representan el 58,6% de todos los suscriptores a algún servicio de cable. El Grupo Clarín sólo reconoce 158. De todos modos, el máximo permitido por la ley es 24 licencias y el 35% del mercado total de abonados.

Es decir que, de declararse que el artículo 45 es constitucional, Cablevisión debería desprenderse de 213 licencias.

En el último informe a la Bolsa de Comercio, el Grupo Clarín declaró -entre enero y octubre de 2012- el cable significó el 89,9% del total de sus ganancias.

La AFSCA también informó que, de acuerdo a la ley, ningún grupo mediático puede tener en una ciudad más de 3 licencias de radio. El multimedio Clarín también está en infracción en este punto: en 37 ciudades de todo el país tienen más de tres licencias de radio.

De aplicarse en su totalidad la LSCA, el Grupo Clarín también estaría obligado a vender ocho de las nueve señales propias del servicio de cable que posee: Todo Noticias (TN), Volver, Magazine, Quiero, Metro, El Trece Satelital, TyC MAX, TyC Sports, Canal Rural Satelital. Porque la ley señala que sólo puede tener una señal propia. Esta parte de la ley garantiza que los operadores no privilegien sus propias señales, en detrimento de otras.

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