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Infojus Noticias

Los organismos de derechos humanos exigen se cumpla la sentencia

El Gobierno porteño se resiste a proteger a los testigos de juicios de lesa

Cuatro años después de la sanción de la Ley de Protección de Testigos, el jefe de Gobierno Porteño ya no podrá seguir dilatando la reglamentación. La Justicia rechazó un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Ejecutivo.

  • Sol Vazquez
Por: Lucía Cámpora

A cuatro años de su sanción, el jefe de Gobierno porteño Mauricio Macri se resiste a reglamentar una ley que votaron sus propios legisladores: la ley de protección a testigos en causas de lesa humanidad. Dos fallos de primera y segunda instancia le habían ordenado que lo hiciera, pero el gobierno porteño presentó un recurso de inconstitucionalidad para llegar al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad. El recurso fue rechazado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Los organismos de derechos humanos exigen que se cumpla la sentencia.

El gobierno porteño había planteado que los fallos afectaban la división de poderes y su derecho a la defensa. Pero los jueces de Cámara, Gabriela Seijas y Hugo Zuleta, respondieron que “no se verifica en concreto la concurrencia de un agravio constitucional”. Los organismos de derechos humanos fueron notificados el martes de la resolución de la Cámara y ahora deberán esperar para saber si el Gobierno porteño presenta un recurso de queja ante el TSJ, o si finalmente se dispone a cumplir la ley.

“Creemos que hay una cuestión ideológica, que va a contramano del proceso de Memoria, Verdad y Justicia que se da en todo el territorio nacional”, dijo a Infojus Noticias el abogado del Observatorio de Derechos Humanos (ODH), Demian Konfino. “No hay una disposición a contribuir con ese proceso en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires”, planteó Konfino. Junto a Carlos Pisoni, integrante de H.I.J.O.S. y testigo en causas de lesa humanidad (hoy subsecretario de Promoción de los Derechos Humanos), el ODH realizó la presentación judicial que dio lugar a la intervención de la Justicia.

La ley 2.939, votada entre otros por los legisladores del bloque macrista, creó un programa de “asistencia y contención de los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado”, que incluye tratamiento psicológico y seguimiento de los casos. “No la reglamentan porque hay un desinterés. La cuestión presupuestaria es menor: puede llegar a haber gastos de hoteles y traslados, pero se trata solamente de poner la administración a disposición de los testigos y querellantes”, dijo Konfino.

“Vamos a esperar el plazo, no sabemos si ya notificaron al Gobierno de la Ciudad. Es el tercer fallo que tienen en contra y la tercera vez que los condenan con costas. Si llegaran a ir en queja, es muy improbable que el STJ se aparte”, expresó Konfino. “No hay una interpretación dudosa, el sentenciante es contundente. Le dice que no hay agravio, que en todo caso son quejas dogmáticas que no atacan específicamente la sentencia.

El primer fallo que ordenó la reglamentación de la ley lo dictó el juez Juan Vicente Cataldo, quien advirtió que “la reglamentación no es una facultad optativa de la administración”. Le dio 20 días al Gobierno de la Ciudad para reglamentar la ley. El fallo fue apelado y la causa llegó a la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que confirmó la sentencia de Cataldo. En ese momento, los jueces hablaron de un “claro incumplimiento de la ley por parte de la administración”.
 

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