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Infojus Noticias

3-6-2013|9:18|REFORMA JUDICIAL Nacionales
Boletín Oficial

El ingreso democrático a la justicia ya es ley

Los cargos se ocuparán por concurso público. Para los empleos de maestranza y oficios la decisión será por sorteo. Para el personal letrado se conformará una orden de mérito que tendrá una vigencia de dos años.

Por: Infojus

El Poder Ejecutivo promulgó la ley de ingreso democrático e igualitario de personal al Poder Judicial. De esta manera, ya están en vigencia todas las leyes que integran la reforma judicial.

La ley 26.861 que se promulgó por medio del decreto 643 fue sancionada por la Cámara de Diputados el miércoles 29 de mayo.

Su propósito es “regular el ingreso democrático e igualitario de personal al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público de la Nación, mediante el procedimiento de concurso público”.

La ley fija los procedimientos para acceder a cargos letrados, de empleados y personal de maestranza y oficios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación: “Sólo se podrá ingresar al Poder Judicial de la Nación y al Ministerio Público de la Nación como empleado y personal de maestranza y oficios en el cargo de menor jerarquía y como funcionario en los cargos letrados, mediante el sistema de concursos que se encuentra regulado en la presente ley. Excepcionalmente se podrá ingresar por designación directa en los cargos de relator de Cámara y secretario privado de primera instancia, pero tales agentes no podrán ser promovidos a planta permanente en forma definitiva. Asimismo, el titular de la dependencia podrá designar en forma directa dos (2) cargos letrados, en las mismas condiciones que lo establecido en el párrafo anterior”.

La ley establece que como mínimo el 4% de los cargos deben ser ocupados por personas con discapacidad.

¿Cómo serán los concursos?

-Los  concursos para el ingreso al Poder Judicial de la Nación se realizarán en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los de ingreso al Ministerio Público de la Nación, en la Procuración General de la Nación o en la Defensoría General de la Nación, según el caso.

-Los concursos respetarán los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y transparencia.

-No podrán ingresar personas condenadas por delitos dolosos en los últimos cinco años, condenadas por delitos contra la administración pública previstos en el Código Penal, inhabilitadas judicialmente para ejercer cargos públicos o  condenados por atentar contra el sistema democrático o la Constitución. 

-Para ingresar como personal de maestranza y oficios en los cargos de menor jerarquía se realizará una entrevista personal y una prueba de capacitación en el oficio o actividad. La decisión sobre el  ingreso de las personas preseleccionadas se realizará por sorteo público por la Lotería Nacional.

-Para el ingreso del personal letrado habrá un examen anónimo y escrito que consistirá en la elaboración de una solución a un problema jurídico, “en el que se examinará el grado de conocimiento específico en el área de derecho que requiera el cargo para el que concursa y la normativa constitucional”. A partir del puntaje del examen junto con las calificaciones de los antecedentes se armará un orden de mérito. Todas las vacantes que se vayan produciendo en el Poder Judicial o el Ministerio Público deberán ser cubiertas de acuerdo a esta lista. El orden estará vigente durante dos años.

Leer la Ley 26.861 en Infojus.

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