Experta en historia económica argentina y de las relaciones internacionales, dice que "los buitres actúan de mala fe". Y que plantear una jurisdicción o acuerdo internacional implicaría pensar la persecución de la "usura internacional".
Noemí Brenta lleva décadas estudiando el entramado de las relaciones internacionales ante el fenómeno de la globalización. Y años analizando la relación que el Fondo Monetario Internacional (FMI) mantuvo con Argentina. En esta entrevista, cuenta a Infojus Noticias que a fines de la década del 90 ese organismo proyectó una jurisdicción internacional para discutir las reestructuraciones de deuda externa. La autora de Argentina atrapada. Historia de las relaciones con el FMI 1956-2006 dijo que "los buitres actúan de mala fe".
¿Se planteó alguna vez la opción de proyectar un tribunal con jurisdicción internacional para poner un límite a los fondos buitres? ¿Qué rol podría jugar un organismo como el FMI?
El FMI, a fines de los 90, hizo el principal intento de establecer un marco legal internacional para la reestructuración de deuda externa de los estados nacionales. Fue después de una seguidilla de crisis, principalmente la mexicana (1994), la asiática (1997) y la argentina, en 2001. La elaboró Anne Krueger (economista estadounidense), que entonces se desempeñaba como subdirectora gerente del FMI, pero no prosperó.
¿Qué proponía?
Una de las apuestas era garantizar la sostenibilidad futura de las deudas, en un momento -a fines de los 90 y principios del nuevo siglo- cuando parecía que la estructura financiera internacional se venía abajo y al borde del default de la Argentina. El FMI discutió este proyecto en el año 2002; pero ni siquiera hacia adentro del organismo hubo consenso para que saliera.
¿Por qué fracasó?
Como todas las propuestas del FMI: generó resistencia en los países periféricos porque le daba mucho poder y participación a los acreedores privados en las reestructuraciones de deuda. En el FMI hay 8 países que tienen la mitad de las cuotas y, por lo tanto, la mitad de los votos en conjunto, y hay 180 países que tiene la otra mitad. Es decir que hay un tema de concentración del poder muy evidente.
¿Algún otro sector se manifestó en contra?
Hay grupos de banqueros que también se opusieron; justamente porque excluía la posibilidad de actuaciones de paracaidistas (de “holdouts”) en la renegociación de la deuda, tal como está ocurriendo ahora.
¿Hubo algún definición al respecto o simplemente el tema se archivó?
Llegaron a la definición de que el tema revestía especial importancia y había que seguir tratándolo, pero no aprobaron el mecanismo que propuso Krueger. La decisión general fue sigamos pensando en este tema; pero mientras tanto apostaron a promover que todas las deudas soberanas que se emitieran a futuro incluyeran cláusulas de acción colectiva. Esto es: que en caso de default, los acreedores aceptarían colectivamente renegociar la deuda, que no accionarían individualmente. De esta manera suponían que iban a solucionar buena parte de los problemas que generan los “holdouts”.
¿Es factible pensar en un tribunal con jurisdicción internacional en procesos de reestructuración de deuda sin poner en riesgo la soberanía de los Estados?
En una investigación que hice sobre la historia de las relaciones entre Argentina y el FMI, explico cómo en los organismos internacionales, económicos o no, predomina la hegemonía de ciertos países. Realmente encontré una prueba palmaria, en los organismos financieros internacionales como el FMI y el Banco Mundial, el poder de voto es acorde a la distribución del capital, a la participación de las cuotas en el capital de la institución. Sin duda, hay riesgos en enfrentar una apuesta como esta. En el FMI por ejemplo, dentro de los 8 países que concentran el 50% de los votos, Estados Unidos tiene cerca del 17% de esos votos y del capital. Hay decisiones que requieren el 85% de aprobación, por lo tanto hay un país (EEUU) que tiene poder de veto. Y en EEUU, las instituciones financieras abiertamente hacen lobbies en pos de sus intereses: desde 1945, cuando empezó a funcionar el FMI, el Congreso estadounidense aprobó unas 60 leyes para instruir a su representante en el Fondo a que actué de determinada manera.
Frente a esto tenemos fondos buitres que van por todo. ¿Es factible pensar en Estados quebrados? ¿hay opciones? ¿Habría otra forma en la jurisdicción internacional para proteger esa soberanía?
Si decimos Estados quebrados estaríamos equiparando los países a empresas y un Estado no puede cerrar, una empresa sí. Incluso el Fondo usa esta expresión: “Estados con deudas insostenibles contraídas en moneda extranjera”. La verdad es que la situación es novedosa. Siempre dijimos con los buitres no hay que negociar, no hay que dar crédito a quien con mala fe está poniendo en peligro a un país. No se puede dar margen a un usurero internacional; pero lo cierto es que esto hay que pensarlo. Tal vez se podría establecer algún acuerdo para definir y establecer algún tipo de sanción a la usura internacional, definiendo que no se pueden pagar tasas superiores a tal rendimiento. Pero todo esto está por armar, hoy la estructura financiera internacional está desacreditada. Hay que establecer acuerdos tratando de excluir estos comportamientos más que negociarlos. En ese sentido, el FMI siempre fue bastante adverso a los buitres.
Ud. estudió especialmente esa institución ¿cómo evalúa las recientes manifestaciones críticas del organismo en cuanto a los manejos de los fondos buitres y al fallo del juez Thomas Griesa?
Primero hay que decir que se expresa de esta manera, pero no lo hace oficialmente. Expresó que apoyaba a la Argentina, pero no llegó a presentar un escrito ante el juez Griesa. Entonces, cuando se le fue a preguntar por qué no lo había hecho, la directora gerente del Fondo, Christine Lagarde, sugirió que se lo preguntaran al Tesoro de Estados Unidos, que es el que da las instrucciones al Fondo sobre cómo actuar o sobre cómo no actuar. Porque en definitiva, EEUU es el país que tiene mayor organización sistemática para influir sobre las decisiones del Fondo.
Pero aún con estas limitaciones, ¿es novedoso?
Ya desde 2000, el FMI advirtió sobre el peligro de la actuación de estos fondos buitres, estos acreedores que actúan por afuera de la masa de acreedores que aceptan un acuerdo. Justamente porque los fondos buitre perturban los procesos de renegociación de deuda de países que están en default. En eso no es un cambio, sí es un cambio que el Fondo con la Argentina viene teniendo una relación muy de punta, pero está apuntando más a cómo complicarían las futuras reestructuraciones de deuda que los buitres ganen.