La Corte Suprema sostuvo, a partir de un caso concreto, que la única vía para la violencia de género es el juicio oral. No obstante, se sigue otorgando la probation en algunos casos.
Mariano Novara fue acusado de cometer delitos en un marco de violencia de género: golpes y amenazas a su pareja. Avanzado el proceso penal, pidió una probation. La mujer lo perdonó, y él ofreció pagar mil pesos y someterse a un tratamiento psicológico. La causa llegó al Tribunal Oral en lo Criminal Nº 17, donde se discutió si concederle la probation no iba en contra del deber del Estado de luchar por la erradicación de la violencia de género. La resolución: se concedió la probation.
El Estado argentino asumió el compromiso concreto de adoptar políticas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género. Ese compromiso se consolidó con la Convención Interamericana de Belém do Pará. Conceder una resolución alternativa en vez de ir a un juicio oral donde se dilucidarían los hechos y las responsabilidades, ¿implicaría una violación a la obligación del Estado de luchar contra la violencia de género?
Uno de los jueces del tribunal, Pablo Vega, cita el caso Gabriel Góngora. Allí, la Corte Suprema sostiene que la única vía es el juicio oral, para los casos de violencia de género. En el caso Góngora, el fiscal no avalaba la suspensión del juicio, y la víctima exigía que se condenara al agresor. Sin embargo, el criterio del fallo del máximo tribunal no se aplicó en el caso Novara.
El fiscal avaló la probation y la pareja volvió a convivir. Además, la mujer aclaró que ya no quería que el acusado fuera sancionado.
Al tratarse de un delito que prevé una pena muy baja, la condena eventual sería en suspenso. Vega aclara que si el acusado no cumple con las condiciones de la probation, se reactivará el proceso, se encarará el juicio oral, y eventualmente se condenará al acusado. Para Vega, negar la alternativa de la probation en los casos de violencia de género, implicaría un trato desigual para los acusados, y vulneraría garantías constitucionales del debido proceso.
El Tribunal concedió la probation basado en dos de los argumentos. Vega se apoyó en la reconciliación de la pareja y la posibilidad de retomar el juicio si el procesado viola las condiciones que se le imponen. Juan Bravo, otro juez del Tribunal, consideró que no podía avanzarse en el juicio oral si el fiscal no tenía intención de hacerlo.