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Infojus Noticias

3-6-2013|10:16|ECONOMÍA Nacionales
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Boletín Oficial

Está vigente la exteriorización de capitales

La ley de exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior fija mecanismos para que el dinero ingrese al sistema. Los capitales se usarán para financiar infraestructura y desarrollo inmobiliario.

  • Ilustración: Leo Vaca
 

Entró en vigencia la ley 26.860 de exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior.

La norma sancionada el 29 de mayo crea tres instrumentos financieros: el Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE), el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico y el Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN). A través de mecanismos, los dólares hasta ahora no declarados podrán usarse para operaciones inmobiliarias y para financiar la inversión pública en infraestructura e hidrocarburos.

Estos mecanismos financieros estarán disponibles durante los próximos noventa días.

En tanto el dinero se declare por medio de alguno de estos mecanismos, estará exento del pago de impuestos como ganancias, valor agregado y bienes personales, entre otros.

Los sujetos que exterioricen el dinero a través de estos instrumentos “quedan liberados de toda acción civil, comercial y penal tributaria”.

Ninguna de estas disposiciones “liberará a las entidades financieras o demás personas obligadas, sean entidades financieras, notarios públicos, contadores, síndicos, auditores, directores u otros, de las obligaciones vinculadas con la legislación tendiente a la prevención de las operaciones de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo u otros delitos previstos en leyes no tributarias, excepto respecto de la figura de evasión tributaria o participación en la evasión tributaria”.

Al mismo tiempo, no podrán utilizar estos mecanismos las personas que ejerzan o hayan ejercido la función pública en cualquiera de los poderes del Estado nacional, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ni sus familiares directos.

Para que la ley esté en pleno funcionamiento falta que la AFIP y el Banco Central establezcan las normas complementarias.

Leer la ley 26.860 en Infojus.

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