La Cámara del Crimen resolvió que debe seguir investigándose una causa donde una mujer fue amenazada por su pareja pero no quería seguir la causa penal. Los magistrados explicaron que los casos de violencia de género constituyen un asunto "de interés público".
El 21 de noviembre de 2012 una mujer se encontraba en una vivienda en el barrio de Nuñez con su pareja. En el marco de una discusión, el hombre la agarró del brazo y la empujó al tiempo que le decía: “Vos que siempre decís que te estoy pegando, ahora sí te voy a empezar a pegar”. Esta situación fue denunciada por la mujer en la Oficina de Violencia de Género (OVD) pero no quiso “instar a la acción penal”, es decir, comenzar la causa penal por los hechos contra su pareja. Sin embargo, la Cámara del Crimen, con las firmas de los jueces Mario Filozof y Ricardo Pinto y Marcelo Lucini, resolvió que la Justicia de instrucción continúe investigando la denuncia efectuada por la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), más allá de que la mujer no quiera seguir con la misma.
“Sus hijos son maltratados con la exposición a la violencia física, económica y emocional”, dicen los jueces en la sentencia y además citan informes psicológicos donde “se ha demostrado en infinidad de ocasiones como la víctima no es libre por cómo la afectan este tipo de acontecimientos”. Por todo eso los jueces consideraron que “en el caso concreto existe el interés público que habilita al Ministerio Público a actuar sin que se haya instado la acción”.
La decisión se tomó gracias a los votos a favor de Filozof y Pinto. Para el Lucini, que votó en disidencia, no había que continuar con la causa penal ya que "no se aprecia, al menos de momento, una situación tan comprometida como la oportunamente analizada como para considerar amenazado el interés público”.
La mujer “se encuentra entrampada en una situación de violencia familiar y se evalúa su situación y la de sus hijos como de altísimo riesgo, presenta una alta naturalización y adaptación respecto de la violencia”, concluye el fallo.