A partir del caso de la modelo que denunció a Google, los "amigos del tribunal" expusieron diferentes posturas. Algunos hablaron de censura. Otros, de los riesgos y del tratamiento de los datos personales en la red.
La audiencia pública que se realizó en la Corte Suprema para tratar la responsabilidad de los buscadores de internet duró menos de una hora y media. Fue convocada a partir de la demanda de la modelo María Belén Rodríguez contra Google, porque al poner su nombre en el buscador de la empresa, éste se vinculaba con páginas web pornográficas. Fue la primera vez que se realizó una sesión pública por este tipo de casos donde la jurisprudencia es muy diversa. Hoy hablaron los “amigos del tribunal” y la semana que viene será el turno de las partes de la causa. El máximo tribunal pasó a cuarto intermedio hasta el próximo 29 de mayo.
Profesionales, abogados, jueces civiles y civiles comerciales fueron hasta el cuarto piso del Palacio de Tribunales para escuchar la audiencia. En el hall contiguo a la sala había una pantalla gigante que transmitía en vivo las exposiciones de los “amicus curiae” ante un auditorio repleto. Los exponentes disponían de diez minutos para expresar su posición ante Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Maqueda. La lista fue confeccionada por la Corte Suprema luego de las presentaciones de varios profesionales y organizaciones.
La primera de los amicus curiae en tomar la palabra fue la representante del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), Laura Calógero. "Cualquier regulación que limite es censura. Tenemos que distinguir quiénes son los productores de contenidos", expresó, puesto que “el filtro de la información la da el que lee”. Además se mostró a favor de las “responsabilidades ulteriores” pero advirtió que “cualquier control anterior es censura”.
Después fue el turno del Centro de Estudios en Derecho y Economía Facultad de Derecho de la UBA, representada por Juan Vicente Solá: "Corremos el riesgo de que la responsabilidad civil derive en censura", dijo. "Ninguna información que aparezca en internet puede ser censurada de manera previa", expresó. “Los buscadores “funcionan como un bibliotecarios, que ayudan a buscar contenidos, aún cuando los contenidos puedan ser desafortunados”, dijo y les pidió a los jueces que “no se produzca la lobotomía de internet”.
Después hablaron juntos el especialista en informática Raúl Martínez Fasalari y el constitucionalista Andrés Gil Domínguez. El segundo arriesgó una idea y propuso implementar una especie de “habeas data” que denominó “habeas internet, mediante la cual se le imponga a los motores de búsqueda que desarrollen un procedimiento para informarle a cualquier afectado acerca de la afectación”.
“Los buscadores no son proveedores de contenidos”, dijo Eduardo Molina Quiroga de la especialización de Derecho Informático de la UBA. Puntualizó que “no son proveedores de contenidos, ni son responsables salvo cuando han sido notificados en forma fehaciente de la ilicitud de los contenidos que tienen”.
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (a cargo de Juan Cruz González Allonca), envió como representante a Esteban Ruiz Martínez, el último en hablar. “En internet hay tratamiento de datos personales y libertad de expresión”, dijo y agregó que “el buscador es una herramienta del derecho a la información, pero relaciona datos y en algunos casos va a relacionar datos personales. El resultado puede ser perjudicial al titular del dato”. Consideró que puede utilizarse la ley de datos personales 25.326: “La persona puede pedirle a Google que bloquee el resultado, fundado en que la actividad de relacionamiento está alcanzado por la ley de protección de datos personales”, dijo.
La semana que viene a la misma hora la audiencia continuará en el cuarto piso del Palacio de Tribunales. Será el turno de los representantes de las partes en la causa.