En una sentencia de sólo una página, el máximo tribunal declaró “abstracto” un planteo de la Asociación Civil de Víctimas Aéreas para que expida sobre el estrago doloso y revoque las absoluciones de los principales directivos de la empresa.
A casi 15 años de la tragedia de LAPA, donde murieron 65 personas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró “abstracto” un planteo de la Asociación Civil de Víctimas Aéreas para que expida sobre el estrago doloso y revoque las absoluciones de los principales directivos de la empresa. Con esto los principales responsables de la empresa quedarán sin condena. Hugo Wortman Jofre, abogado de la asociación, dijo que ya pidieron al máximo tribunal una “aclaratoria”. “No entendemos sobre qué base resuelven esto”, dijo.
El 31 de agosto de 1999 en el aeroparque porteño, el vuelo WRZ 3142 de la aerolínea LAPA inició su despegue hacía Córdoba. En la cabina de los pilotos comenzó a sonar una alarma que indicaba que los “flaps” no estaban configurados. El avión iba a gran velocidad cuando los pilotos intentaron frenarlo, sin éxito. La nave derribó el cerco perimetral del aeropuerto, atravesó una avenida y terminó chocando con máquinas viales y un terraplén. El combustible se derramó por todos lados y el avión se incendió. Esa noche murieron 65 personas y otras 17 resultaron heridas.
En una sentencia de sólo una página los jueces Carlos Fayt, Elena Higthon, Eugenio Zaffaroni y Enrique Petracchi declararon “abstracto” el recurso extraordinario que presentó la querella, representada por los abogados de la asociación, Wortman Jofré y Juan Manuel Alemán. “La Corte sobre el tema del estrago doloso, que era la calificación, le ordenó a Casación Penal que se expidiera sobre la prescripción y cuando eso estuviera resuelto se iba expedir sobre esa petición de estrago doloso”, explicó a Infojus Noticias Wortman Jofre.
En febrero de este año la sala IV de la Cámara se expidió y por mayoría, conformada por los jueces Juan Carlos Gemignani y Ana María Figueroa, y considero que la causa estaba prescripta por el paso del tiempo. Según explicaron, después de 14 años desde que ocurriera el hecho no había sentencia firme contra los acusados. En minoría votó Mariano Borinsky: sostuvo que se debía esperar a que la Corte Suprema resuelva el planteo de la Asociación.
En ese fallo se criticó el accionar de la justicia en la causa ya que se tardó más de 10 años en llegar a juicio oral y público, y el juicio duró dos años. El tiempo transcurrido en los hechos para, Figueroa y Gemignani, “supera ampliamente el plazo razonable habilitado por los derechos de las víctimas o sus familiares de ver satisfecho su interés de saber que fueron investigados los hechos que los damnificaron, y juzgados y sancionados todos los responsables”.
Eso activó nuevamente el recurso presentado por la querella en la Corte Suprema. “Eso vuelve a la Corte, que debió a empezar a tratar nuestro agravio”, explicó Wortman Jofre, pero luego se lamentó al recordar que recibieron la notificación que “hace una semana quedó abstracto”. La querella apelaba la calificación de los hechos de “estrago doloso” para todos los imputados de la causa los que habían sido imputados por “estrago culposo”.
“De acuerdo a conocida doctrina de esta Corte, según la cual, sus fallos deben atender a las circunstancias existentes al momento en que se los dicta -aunque aquéllas sean sobrevinientes a la interposición del remedio federal- corresponde declarar abstracta la cuestión planteada en el presente caso”, sentencia la Corte.
El fallo del máximo tribunal del país fue dado a conocer en las últimas horas aunque fue firmado el pasado 5 de agosto. El domingo se cumplen 15 años desde el día de la tragedia. Miguel Correa, quien perdió a su padre en la tragedia y titular de la Asociación, anticipó a este medio que recurrirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “La causa termina sin culpables”, dice correa.
“Plateamos una aclaratoria”, explicó Wortman Jofre para que el máximo tribunal explique los fundamentos de por qué declaró abstracto el recurso. En el máximo tribunal se le corrió traslado de esto al fiscal aunque cabe recordar que con el recurso de aclaratoria sólo se explicara algo de la sentencia pero esta no se modificará.
De los seis imputados en la causa sólo dos fueron condenados cuando el Tribunal Oral Federal (TOF) N° 4 dictó sentencia en febrero de 2010. Valerio Francisco Diehl, ex gerente de operaciones de LAPA, y Gabriel María Borsani, ex jefe de la línea 737 fueron condenados a tres años de prisión en suspenso por el delito de estrago culposo agravado.
Sin embargo, se absolvió a los principales directivos de la empresa, Gustavo Andrés Deutsch y Ronaldo Patricio Boyd, presidente y vice respectivamente. En aquella sentencia del TOF también absolvió a los gerentes de la empresa, Fabián Mario Chionetti y Nora Silvina Arzeno, y a los integrantes de la Fuerza Aérea, Damián Peterson (padre de la actriz) y Diego Lentino. A 15 años de la tragedia no hay responsables y todos están libres.