Lo decidió un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal. Hay un recurso extraordinario en la Corte Suprema. La causa tardó más de 10 años en llegar a juicio oral y público, y el debate duró dos años.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó por mayoría las absoluciones por prescripción de los máximos responsables de la empresa LAPA. Se trata del por entonces presidente y vice de la empresa Gustavo Deutsh y Ronaldo Boyd. “A quien tenga una línea aérea, la justicia le garantiza que no vaya preso”, dijo Miguel Correa, presidente de la Asociación Civil de Víctimas Aéreas -que actúa como querellante en la causa- tras conocerse el fallo.
El 31 de agosto de 1999 en el aeroparque porteño, el vuelo WRZ 3142 de la aerolínea LAPA inició su despegue hacía Córdoba. En la cabina de los pilotos comenzó a sonar una alarma que indicaba que los “flaps” no estaban configurados. El avión iba a gran velocidad cuando los pilotos intentaron frenarlo, sin éxito. La nave derribó el cerco perimetral del aeropuerto, atravesó una avenida y terminó chocando con máquinas viales y un terraplén. El combustible se derramó por todos lados y el avión se incendió. Esa noche murieron 65 personas y otras 17 resultaron heridas.
El Tribunal Oral Federal (TOF) N° 4 absolvió en febrero de 2010, tras dos años de juicio, a Deutsh y a Boyd, por entender que la causa estaba prescripta sobre ellos. Esto fue lo que confirmó Casación. En aquella sentencia del TOF también absolvió a los gerentes de la empresa, Fabián Mario Chionetti y Nora Silvina Arzeno, y a los integrantes de la Fuerza Aéerea, Damián Peterson y Diego Lentino. Sólo se condenó a tres años de prisión en suspenso por el delito de estrago culposo agravado a Valerio Francisco Diehl, ex gerente de operaciones de LAPA, y Gabriel María Borsani, ex jefe de la línea 737.
La sala IV de la Cámara resolvió por mayoría, conformada por los jueces Juan Carlos Gemignani y Ana María Figueroa, que la causa estaba prescripta por el paso del tiempo. Según explicaron, después de 14 años desde que ocurriera el hecho no había sentencia firme contra los acusados. En minoría votó Mariano Borinsky: sostuvo que se debía esperar a que la Corte Suprema resuelva un planteo que la Asociación Civil de Víctimas Aéreas llevó al máximo tribunal.
El fallo fue dado a conocer en las últimas horas pero se firmó el 11 de febrero. El tiempo transcurrido en los hechos para, Figueroa y Gemignani, “supera ampliamente el plazo razonable habilitado por los derechos de las víctimas o sus familiares de ver satisfecho su interés de saber que fueron investigados los hechos que los damnificaron, y juzgados y sancionados todos los responsables”.
“Los operadores jurídicos, en todas las instancias procesales, tenemos el deber de velar por la efectividad de los derechos y garantías concedidos constitucionalmente a todas las partes del proceso, impidiendo su prolongación irrazonable y evitando la impunidad de los hechos”, concluye el voto mayoritario. La causa tardó más de 10 años en llegar a juicio oral y público, y el juicio duró dos años.
Con esta sentencia se reactiva el recurso extraordinario que presentó la parte querellante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El trámite había sido suspendido por el máximo tribunal hasta tanto se terminen de definir las prescripciones. La parte que está en la Corte Suprema es la apelación por estrago doloso para todos los imputados de la causa, y por el lado de la empresa, lo que está apelado son las condenas.