Marcelo Tomaselli fue condenado por el "homicidio calificado por el vínculo" de su esposa Carla Figueroa (22). Se había casado luego de que la mujer lo perdonó por haberla violado, lo que le permitió salir de la cárcel gracias a la figura penal del "avenimiento", luego derogada a raíz de este caso. La Corte rechazó un último recurso de la defensa.
La condena a prisión perpetua impuesta a un hombre que en 2011 asesinó a su mujer cuando salió de la cárcel gracias a que ella lo perdonó por haberla violado, en General Pico, La Pampa, quedó firme luego de que la Corte Suprema de Justicia rechazó un último recurso interpuesto por la defensa. Fuentes judiciales informaron que la resolución del máximo tribunal fue declarar "inadmisible" el recurso presentado por el abogado del condenado Marcelo Tomaselli en base a argumentos meramente técnicos, sin llegar a analizar la cuestión de fondo.
La decisión judicial fue firmada por la vicepresidenta de la Corte, Elena Highton de Nolasco, y los ministros Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay. Tomaselli (28) fue condenado por el "homicidio calificado por el vínculo" de su esposa Carla Figueroa (22), con quien se había casado luego de que la mujer lo perdonó por haberla violado, lo que le permitió salir de la cárcel gracias a la figura penal del "avenimiento", luego derogada a raíz de este caso.
El 27 de junio de 2012, un tribunal de la ciudad pampeana de General Pico aplicó al acusado la pena de prisión perpetua al considerarlo culpable del asesinato cometido el 11 diciembre de 2011, siete días después de que saliera de prisión.
Según constancias de la investigación, el crimen fue cometido en el domicilio que compartía la pareja, en la calle 36 al 1200, de General Pico, y las lesiones de arma blanca que sufrió Figueroa le causaron un "shock hipovolémico" que derivó en su muerte.
La condena fue dictada por los jueces Florentino Rubio, Fabricio Losi y Luis Abraham, los mismos que le habían concedido la libertad tras el avenimiento en un fallo que fue ratificado por el Tribunal de Impugnación Penal pampeano (TIP).
Por su parte, el defensor oficial Walter Vaccaro, asistente técnico de Tomaselli, intentó un último recurso contra la condena ante la Corte Suprema de Justicia, la que lo rechazó por considerarlo "inadmisible", con lo que el caso pasó a ser "cosa juzgada".
Tras el juicio oral, los jueces consideraron que Tomaselli sintió "satisfacción" al asesinar a su mujer y rechazaron el argumento defensista de un homicidio cometido bajo "emoción violenta". La pena impuesta fue la misma que requirió el fiscal Alejandro Gilardenghi, quien además había considerado que este caso seguramente iba a sentar precedente en las cuestiones que tienen que ver con las perspectivas de género y que motivaron incluso la derogación de una figura como la del avenimiento.
Al declarar durante el juicio, Tomaselli confesó haber cometido el crimen, pidió que lo condenaran, aunque dijo que no recordaba lo sucedido. La estrategia de su defensor oficial fue intentar demostrar que el homicidio había sido cometido en estado de "emoción violenta", hecho por el que pidió una condena de 10 años de prisión.
El caso se inició en abril de 2011 cuando Tomaselli pasó a buscar a su pareja por su trabajo con la excusa de conversar e intentar recuperar la relación entre ambos, que había finalizado. Pero durante ese encuentro, el hombre llevó a su pareja hasta un descampado y la violó. La mujer lo denunció, él fue detenido, y mientras estuvo preso Figueroa lo visitó a diario en la prisión, le llevó ropa limpia y alimentos.
El 2 de diciembre de 2011 la pareja se casó cuando Tomaselli aún estaba preso y, poco después, él fue liberado en base a la figura penal del "avenimiento", ya que argumentó que su esposa lo había perdonado y quería volver a vivir con él. Dos jueces hicieron lugar al planteo, Tomaselli quedó en libertad el 4 de diciembre de 2011 y siete días después asesinó a Figueroa de cerca de 15 puñaladas en la casa de su suegra y frente a su pequeño hijo. Este femicidio generó gran conmoción social debido al estado de desprotección en el que se hallaba la víctima y por la polémica figura penal del "avenimiento" empleada para lograr la libertad del agresor, que luego fue derogada por el Congreso Nacional.