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Infojus Noticias

23-6-2014|16:25|La Tablada Nacionales
Toma del cuartel del Regimiento de Infantería Mecanizada III

La Tablada: la Corte debe determinar si reabre la causa contra Arrillaga

La Sala I de la Cámara de Apelaciones de San Martín lo había sobreseído pero la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, cuestionó esa decisión. Alfredo Manuel Arrillaga estaba acusado por los homicidios de los militantes del Movimiento Todos Por la Patria Iván Ruiz y José Alejandro “Maradona” Díaz en 1989.

Por: Infojus Noticias

El general retirado Alfredo Manuel Arrillaga podría enfrentar una nueva instancia judicial en la causa por los asesinatos de dos militantes del Movimiento Todos por la Patria (MTP) que participaron de la toma del cuartel del Regimiento de Infantería Mecanizada III General Belgrano de La Tablada, en enero de 1989. La Sala I de la Cámara de Apelaciones de San Martín lo había sobreseído pero la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, cuestionó esa decisión. Ahora, la Corte Suprema de Justicia deberá determinar si reabre o no la causa que investiga los fusilamientos de Iván Ruiz y José Alejandro “Maradona” Díaz.

La causa en la que Arrillaga estuvo imputado por los homicidios de los jóvenes lleva más de 25 años de idas y vueltas. En 2009, poco antes del aniversario número 20 de esos hechos, el juez federal de Morón Germán Castelli consideró que los homicidios de Iván y José, y la posterior desaparición de sus cuerpos (recuperados por sus familiares recién en 2000 y 2009) constituían delitos de lesa humanidad, y por tanto debían ser investigados. El juez entonces procesó a Arrillaga como coautor por el delito de homicidio agravado por alevosía y consideró suficientemente probadas las ejecuciones de nueve personas, y la aplicación de torturas a otras 20.

La Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dio vuelta esta decisión y  aceptó la prescripción de la causa solicitada por la defensa del militar. Disconforme, la querella interpuso un recurso extraordinario federal, sobre el que ahora se expidió la jefa de los fiscales, recomendando la reapertura del expediente que tienen imputado a Arrillaga por los homicidios de Ruíz y Díaz, que una tras rendirse ante los militares fueron fusilados en el interior del regimiento.  

La procuradora advirtió que en su fallo la Cámara desconoció la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en cuanto a la “imprescriptibilidad de la acción penal” en caso de graves violaciones a los derechos humanos. Y recordó los antecedentes que fijó el caso del joven Walter Bulacio asesinado en una comisaría de la Policía Federal, en 1991, pero juzgado el año pasado cuando se reabrió el juicio a instancias de las pautas fijadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en caso de graves violaciones a los derechos humanos.

Gils Carbó señaló que la Cámara actuó de forma “arbitraria” al declarar al declarar "inadmisible" el recurso de apelación, y recordó que los tribunales nacionales deben “hacer el máximo esfuerzo por cumplir la jurisprudencia de los órganos internacionales de protección de derechos humanos”. En su fundamentación los querellantes habían señalado que ya en noviembre de 1997 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se había expedido sobre este caso, y recomendaron al “Estado argentino realizar una investigación independiente, completa e imparcial al respecto”.

La jefa de los fiscales advirtió que la decisión de la Cámara adolecía de “fundamentos adecuados” y recordó que recientemente la Corte nacional señaló que “si un Estado suscribe y ratifica un tratado internacional, especialmente si se trata de derechos humanos, como es el caso de la Convención Americana, tiene la obligación de realizar sus mejores esfuerzo para aplicar las recomendaciones de un órgano de protección como la Comisión (CIDH)”. “Por todo lo expuesto, sin que esto importe emitir juicio sobre el fondo del asunto, opino que corresponde revocar la decisión impugnada mediante el recurso extraordinario para que, por medio de quien corresponda, se dicte un nuevo fallo”, concluyó la procuradora General en un dictamen de 6 fojas, que se dio a conocer recientemente. 

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