Apenas unos días después de tomar el poder del 24 de marzo de 1976, el equipo encabezado por Martínez de Hoz se dispuso a cambiar la estructura económica e industrial de la Argentina. Para ello, entre otras, eliminaron la ley que regulaba las inversiones extranjeras y reformaron la ley de Contrato de Trabajo. Las leyes que permiteron ajustar salarios y recortar derechos.
El equipo económico de la última dictadura cívico-militar que encabezó el ministro José Alfredo Martínez de Hoz y su secretario de Política Económica, Guillermo Walter Klein, comandaron los principales cambios que permitieron transformar la estructura económica e industrial de la Argentina. Apenas unos días después de tomar el poder del 24 de marzo de 1976, archivaron la norma que regulaba el ingreso de inversiones extranjeras y la remisión de utilidades a sus casas matrices (Ley 20.557), impusieron una Ley de Entidades Financieras (21.526) y amputaron la Ley de Contrato de Trabajo (20.744), que en 1974 había compilado el abogado laboralista Norberto Centeno, a quien la dictadura asesinó un año más tarde en Mar del Plata.
Lo primero que golpearon fue la ley que definía quién y cómo podía invertir en la Argentina. Esa norma fue remplazada, en abril de 1976, por la de Inversiones Extranjeras (Ley 21.382). En ese nuevo texto, que continúa vigente, la dictadura igualó a las firmas extranjeras con las de capitales nacionales. Les permitió transferir utilidades y dividendos sin ninguna limitación, posibilitó el acceso al crédito interno y reconoció la independencia de las casas matrices respecto de las sucursales locales.
La Ley de Radicación de Capitales Extranjeros (20.557), que estuvo vigente entre septiembre de 1973 y agosto de 1976, establecía un límite anual para remesar utilidades a los países de origen de las inversiones e impedía invertir en áreas consideradas “estratégicas”: defensa y seguridad nacional, servicios públicos, banca comercial y medios de comunicación. Y, como parte de las obligaciones para las nuevas empresas, establecía que los bienes y servicios que la nueva firma produjera debían posibilidad la sustitución de importaciones. Esa definición estaba apoyada en la necesidad de desarrollar la industria local, que había comenzado a tener un despegue a partir de 1930.
La fundamentación de esas restricciones y obligaciones se apoyaba sobre una clara decisión de fomentar la industrialización. Se buscaba cambiar, paulatinamente, el lugar de la Argentina en el escenario mundial: que dejara de ser un proveedor de alimentos y materias primas para aumentar su producción industrial.
Leyes laborales
También terminaron con los convenios laborales y comenzó una política sistemática de ajuste salarial: se inició un proceso en el que se modificó para peor la participación de los trabajadores en el Producto Bruto Interno (PBI). Eso incluyó el fin del instituto del Salario Mínimo Vital y Móvil, que garantizaba una remuneración básica para acceder a los bienes y servicios necesarios para satisfacer las necesidades de alimentación, educación, esparcimiento, salud, transporte, vestimenta y vivienda.
La norma que regulaba ese instituto estuvo vigente desde 1964 pero poco después del golpe de Estado le quitaron el punto que establecía un ajuste periódico en relación con la evolución de precios. También le suprimieron las variaciones regionales y prohibieron su utilización como base para la negociación salarial.
En la misma línea, a la Ley de Contrato de Trabajo le sacaron 27 de los 301 artículos que contenía y a los que dejaron les hicieron 99 modificaciones. Los principales cambios que estableció el Decreto 390/1976 fueron para cambiar el espíritu del texto que compiló Centeno, que apuntó a equilibrar la relación entre los trabajadores y los empleadores. Pero también buscaron bajar los costos laborales, una preocupación que siempre estuvo y está presente en la ecuación empresarial. Uno de los cambios que introdujo la dictadura es el que permite la tercerización laboral.
Bancos
“Estamos introduciendo un cambio no sólo fundamental sino realmente estructural en el sistema institucional jurídico del sistema financiero”, dijo Martínez de Hoz cuando presentó la nueva Ley de Entidades Financieras, 1977. Era el último de los tres arietes con los que golpearon el entramado industrial y favorecieron la concentración y extranjerización de la economía y el sector financiero.
En ese texto, que sigue vigente, también se igualaron los derechos y obligaciones de los bancos extranjeros y los nacionales, se eliminaron los criterios para autorizar la apertura de nuevas filiales y no puso límites para fijar tasas de interés. Era, tal como lo definió la Asociación de Bancos Argentinos (Adeba) un año más tarde –la Adeba de aquel año se disolvió y tenía una conformación distinta que la actual, que sólo coincide en las siglas-, el camino para "la implantación de una auténtica economía de mercado" y "la transformación de un Estado-intervencionista en un Estado-estratega".
“Va a significar una verdadera revolución en el campo financiero argentino, mucho más de lo que la gente hasta ahora pueda creer y quizás mucho más de lo que muchos puedan llegar a imaginar”, prometió Martínez de Hoz en ese discurso de junio de 1977.
PW/AF