La reforma del Código Procesal Penal (CPP) que deja en manos de los jueces las sentencias y la investigación en las de los fiscales, ya cuenta con las leyes necesarias para su implementación. Repasamos las claves para el reemplazo del sistema inquisitivo por uno acusatorio que en la justicia penal de la Capital Federal comenzará a regir el 1 de marzo de 2016.
Las iniciativas convertidas ayer en ley en la Cámara de Diputados dejan para más adelante las aplicación de la reforma en la Justicia Federal, según el programa que fije la Comisión Bicameral Especial de Monitoreo e Implementación del nuevo Código en el Congreso Nacional.
La transformación incluye la reestructuración del Ministerio Público Fiscal y de la Defensoría General; modificaciones al Código Penal (CP) para compatibilizarlo con la reforma y fija pautas para la reorganización del sistema judicial que deberá responder con mayor celeridad y simplicidad en debates orales.
Los actuales jueces de instrucción se convierten en jueces de garantías, y quienes desempeñan tareas en estos juzgados podrán optar por pasar al Ministerio Público Fiscal o de la Defensa sin perder los derechos laborales adquiridos.
MB/LC