Se cumple hoy un año desde que el máximo tribunal del país cerró la discusión por la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En un fallo de 392 páginas, los jueces indicaron que “es legítimo que se fijen límites a la cantidad de medios”. Y consideraron vencido el plazo de desinversión de un año previsto en la ley.
Hace un año, la Corte Suprema de Justicia de la Nación cerró la discusión por la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. “A diferencia de otros mercados, en el de las comunicaciones la concentración tiene consecuencias sociales que se manifiestan sobre el derecho a la información, un bien esencial para las libertades individuales”, señalaron los jueces y descartaron los argumentos de los abogados del Grupo Clarín, que habían asegurado que la norma ponía en riesgo la sustentabilidad del holding. “Es una afirmación dogmática que no ha sido debidamente fundada”, señaló el máximo tribunal.
La constitucionalidad de la ley fue votada por seis de los siete jueces que en ese momento tenía el cuerpo: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi, Carmen Argibay, Guillermo Maqueda y Eugenio Zaffaroni. El único magistrado que votó por la inconstitucionalidad fue Carlos Fayt, quien consideró que no debía aplicarse “ninguna limitación y no hay obligación de desinvertir” para el Grupo Clarín, que debía continuar “en la misma situación actual”.
A lo largo de las 392 páginas de la sentencia en la causa Grupo Clarín y otros contra Poder Ejecutivo y otros s/ acción meramente declarativa” la amplia mayoría de la Corte abordó las dimensiones individual y colectiva de la libertad de expresión. Señalaron que “la ley es coherente con los derechos del consumidor” y también en relación con la defensa de la competencia ya que “si hay concentración sólo algunas ideas llegaran al pueblo”. Y, en relación al artículo 45, indicaron que “es legítimo que se fijen límites a la cantidad de medios”.
Además, consideraron vencido el plazo de desinversión de un año previsto en la ley, lo que significa que el Grupo Clarín debería desprenderse a la brevedad de las licencias que excedan lo permitido por la ley. Por esa desinversión, el fallo definió que podría pedir una indemnización económica. En los fundamentos del voto de mayoría fueron recuperados los argumentos del dictamen de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó.
“Constituye uno de los instrumentos centrales escogidos por los legisladores de la ley 26.522 para lograr el cometido central de la norma: un reparto más equitativo del derecho a la libertad de expresión frente al paradigma de la sociedad actual que tiende a la concentración”, había señalado Gils Carbó en su dictamen en del 12 de julio de 2013.
Al mismo tiempo, el fallo aclaró que la ley 26.522 no estableció reglas para afectar a un solo sujeto y no a otros. “Por el contrario promueve la libertad de expresión en su faz colectiva estableciendo límites iguales a todos los titulares de licencias”, indicaron los jueces y dejaron de lado los argumentos del Grupo Clarín sobre la condición discriminatoria de la norma aprobada por el Congreso en octubre de 2009.
Un debate extenso
La norma había sido sancionada luego de un extenso debate, que había comenzado con el retorno de la democracia. Entre 1984 y 2002 se presentaron ante el Congreso 49 proyectos para modificar la ley 22.285/80, que llevaba la firma de Jorge Rafael Videla. Ninguno prosperó.
A principios de 2004, a partir de la iniciativa de varias organizaciones sociales se forma la “Coalición por una radiodifusión democrática”, que reunió a organismos de derechos humanos, radios comunitarias, universidades, sindicatos, movimientos sociales, cooperativas y pymes. En esos encuentros fueron construyendo puntos de consenso para trazar los ejes de una ley de la democracia.
El 16 de abril de 2008, sesenta representantes de las organizaciones que formaban la Coalición se reunieron con la presidenta Cristina Fernández en Casa Rosada y le presentaron los 21 puntos básicos por el derecho a la comunicación. Ese documento fue la base de la propuesta que presentó la jefa de Estado en marzo de 2009, durante un acto en el Teatro Argentino de La Plata.
Entre marzo y julio se realizaron 24 foros en universidades públicas del país a los que se llevaron críticas y aportes para modificar el ante proyecto. Las opiniones también podían subirse a través de una página web. Al final del proceso, había 1200 aportes que fueron tenidos en cuenta para redactar una nueva versión del proyecto de ley.
El 27 de agosto de 2009, la presidenta anunció que iba a enviar el proyecto final al Congreso de la Nación. Allí se convocó a audiencias públicas, otro espacio de debate y participación social. Se realizaron entre el 8 y el 11 de septiembre. Y finalmente el 16 de septiembre la Cámara de Diputados aprobó el proyecto por 147 votos a favor y 3 en contra, y lo envió al Senado, donde se convirtió en ley con 44 votos a favor y 24 en contra.
Afuera, en la plaza, 40 mil personas siguieron la votación a través de pantallas. El proyecto aprobado tiene más de cien modificaciones respecto a la primera versión.
La adecuación
El 4 de noviembre, ocho días después del fallo de la Corte y cuatro años después de sancionada la ley, Clarín presentó una propuesta de plan de adecuación ante la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA). Propuso dividirse en seis unidades de negocios. Para ese momento, todos los otros grupos de medios ya habían presentado sus planes de adecuación.
Pero la propuesta de Clarín generó un nuevo conflicto. Hace dos semanas, el titular del Afsca, Martín Sabbatella señaló que el esquema presentado por el holding presenta incompatibilidades con la ley vigente. Según detalló, los socios dividieron el multimedio en grupos empresariales pero siguen unidos en 17 sociedades comerciales en Panamá, Argentina, Nueva Zelanda y Estados Unidos.
En el informe de “Análisis de adecuación del Grupo Clarín” se unen flechas entre los empresarios y miembros de la Unidad 1 (Canal 13, Canal 12 de Córdoba, Canal 6 de Bariloche, TN, Radio Mitre, FM La 100, Am 810 y FM 102.9 de Córdoba, FM 100.3 de Mendoza y 24 licencias de cable) y la Unidad 2 (24 licencias de cable en el área metropolitana bajo control de Cablevisión y la señal Metro).
“Encontramos vínculos societarios (entre los titulares y los miembros) de la unidad 1 y la unidad 2”, dijo Sabbatella y señaló que eso viola el criterio de independencia que debía respetar cada una de las unidades. Esto es para evitar, por ejemplo, que mantuvieran una única estructura de costos que los pusiera en una posición de privilegio frente a otros competidores del mercado audiovisual.
Un día después de presentar el informe, el 10 de octubre pasado, Sabbatella presentó ante la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) toda la documentación recabada sobre las empresas que componen el Grupo Clarín para que se investigue si el multimedios cometió algún delito económico. “No estoy diciendo que exista un delito económico. Quizás esta investigación pueda servir para otras investigaciones en curso en la justicia”, aclaró el funcionario.