El acoso cibernético, conocido como grooming, no existe en la legislación penal vigente; pero algunos jueces han logrado dictar condenas por “exhibiciones obscenas” o “extorsión”.
La Cámara de Diputados aprobó y devolvió al Senado un proyecto de ley que penaliza las acciones deliberadas de una persona adulta para ganarse la confianza de un menor a través de Internet con el fin de obtener concesiones sexuales, más conocido como 'grooming'. Propone condenas de prisión de seis meses a cuatro años a los adultos que a través de Internet, se vinculen con niños con fines sexuales.
El acoso cibernético, conocido como grooming, no existe en la legislación penal vigente; pero algunos jueces han logrado dictar condenas por “exhibiciones obscenas” o “extorsión”. En junio pasado, en un fallo calificado como histórico, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Necochea condenó a diez años de prisión a un hombre que se hacía pasar por una nena de diez años para para seducir a una nena de nueve por chat. Los jueces comprobaron que coleccionaba pornografía con participación de menores y que les hacía propuestas explícitas a niñas a través de un perfil de Facebook falso.
En los fundamentos del proyecto se señaló que la expansión del uso de las tecnologías ha favorecido este tipo de delitos, donde adultos acceden a contactos con niños a través de fachadas que evitan el contacto físico y con identidad falsa. Aunque muchas veces se trata de una instancia “preparatoria” y los niños pueden quedar expuestos a situaciones de mayor gravedad: como la publicación de contenidos pedófilos o incluso el encuentro físico y sexual con menores de edad.
El proyecto propone penas de prisión para los adultos que “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual”.
El proyecto, que contaba con media sanción del Senado desde el 2 de noviembre de 2011, fue defendido en el recinto por el titular de la Comisión de Legislación Penal, Oscar Albrieu (FpV) y la diputada Paula Bertol (Pro). Para lograr el acuerdo de los bloques –principalmente de los radicales- se introdujeron modificaciones. En la nueva redacción la Cámara baja dispuso penas separadas para diferenciar el acoso “virtual”, es decir, el contacto entre un adulto y un menor vía Internet con fines sexuales, y el acoso “real”, cuando el hecho es consumado.