La decisión la dio a conocer hoy el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3. Los jueces dispusieron además que se inicie el proceso de desafuero de Menem como senador, para que cumpla la condena. Seguirá en libertad hasta que el fallo esté firme. Ya apeló ante la Corte.
El ex presidente de la Nación y actual senador Carlos Saúl Menem fue condenado a una pena de 7 años de prisión efectiva por el tráfico de armas a Croacia y Ecuador durante su mandato. La decisión la dio a conocer esta tarde el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3. Los jueces dispusieron además que se inicie el correspondiente proceso de desafuero de Menem como senador, una vez que quede firme la sentencia, para que cumpla la condena. El ex ministro de Defensa Oscar Camilión fue condenado a 5 años y medio por la misma causa.
La condena a Menem parece de difícil cumplimiento efectivo. En primer lugar, todavía cuenta con fueros por su condición de senador. La defensa de Menem ya apeló: la última instancia es la Corte Suprema. Además, como es mayor de 70 años, la Justicia podría otorgarle el beneficio de la prisión domiciliaria. El primer presidente constitucional condenado por la justicia no cumplirá, en principio, su pena en la cárcel.
Menem y Camilión no escucharon en el tribunal la sentencia. Se excusaron con sendos certificados médicos. En el caso del ex presidente, un médico le indicó reposo absoluto por un cuadro de diabetes y “angustia”.
El tribunal que falló hoy es el mismo que había absuelto a los mismos acusados en septiembre del 2011. Los jueces destacaron que por imposición de su superior jerárquico –la Cámara de Casación- su jurisdicción en la causa en esta instancia se reducía sólo a la imposición de las penas.
Maximiliano Rusconi, defensor de Menem, ingresó a la sala donde esperaban los periodistas y avisó que, después de que se pronunciara el tribunal, haría declaraciones. Adelantó que se había resuelto negativamente el pedido de nulidad que presentó. Su argumento era que un tribunal superior obligaba a uno inferior a ir en contra de sus propias convicciones. Adelantó que apelaría la decisión.
A Menem se le impuso también una inhabilitación por 14 años para desempeñarse como funcionario o empleado público. El tribunal entendió que el contrabando estaba agravado por su modalidad sofisticada, por la reiteración de los hechos (diez), por la peligrosidad del material bélico contrabandeado, por la omisión de toda comunicación al Congreso; por la desaprensiva actitud para con los soldados argentinos, poniéndolos en peligros en la misión de paz que desarrollaban en Croacia y por su ánimo de lucro.
Se tuvo especialmente en cuenta, leyó el juez Jorge Pisarenco, la denuncia diplomática de Yugoslavia a la Argentina por enviar armas a Croacia; el papel de Argentina como garante de paz en la guerra entre Perú y Ecuador de acuerdo al Tratado de Río de Janeiro y las disculpas pedidas por la presidente Cristina Fernández de Kirchner al presidente de Perú, Alan García.
La venta de armas a Ecuador y Croacia empezó en septiembre de 1991 con los decretos presidenciales 1.697/91 y 2.283/91 que autorizaban al buque Opatija a trasladar “188 morteros, 3.450 minas terrestres no metálicas antipersonal, 2.300 minas terrestres no metálicas antitanque, 54.050 granadas de mano explosivas, 805 cohetes pampero y 200 misiles antitanque”.
En el fallo de la Sala I de Casación se dice que los decretos fueron “piezas fundamentales del contrabando”. El fiscal Agüero Vera había tomado como agravantes, a la hora de pedir las penas, el perjuicio económico de 30 millones de dólares para el país, las implicancias internacionales, la duración de la maniobra de contrabando (desde 1991 hasta 1995) y los diferentes órganos del Estado utilizados (ministerios de Economía, Asuntos Exteriores, Defensa).
En la lectura monótona del presidente del tribunal se escuchó que los jueces comprendían que el “extenso trámite” de 18 años, si bien no resultó lascivo para los imputados, debía ser tomado en cuando como atenuante a la hora de fijar las penas. El argumento se encontró, por un momento, con el pedido de Rusconi cuando habló de la irracionalidad de los pedidos de la querella y la fiscalía y enarboló “el sufrimiento procesal descomunal” que sufrió su defendido. Mientras el juzgado daba lectura a las sentencias, Rusconi mandaba mensajes de texto y se entretenía leyendo las respuestas.
Para la sentencia de Camilión, también se tuvo en cuenta su posición jerárquica, por ponerlo en situación de estar en conocimiento de todos los movimientos y disposiciones llevadas a cabo para concretar el tráfico.
El cuadro de sentencias dio una idea de hasta qué punto estuvo involucrado Fabricaciones Militares (FM). Jorge Cornejo Torino, considerado coautor del delito, era director de la fábrica militar de Río Tercero (4 años y 6 meses). Haroldo Fusari se desempeñaba como gerente general de comercialización de Fabricaciones Militares (4 años y 6 meses). Teresa Irañieta de Canterino, que se había declarado como una “simple empleada pública”, recibió la pena con lágrimas en los ojos (4 años). Carlos Núñez era parte de la gerencia general de comercialización de FM (4 años y 6 meses).
Luis Sarlenga, a quien el tribunal tuvo en especial consideración por su “amplia confesión de los hechos” que sirvió como invaluable colaboración, era el interventor de FM (4 años de prisión). Edberto González de la Vega, considerado partícipe primario, era director de coordinación empresaria de FM (4 años y 3 meses), Carlos Frenke, otro de los partícipes primarios, era director de producción de FM (4 años). Julio Jesús Sabra era vocal del directorio de FM (4 años). Y Manuel Cornejo Torino era el director de FM (4 años y 6 meses).
Entre las penas accesorias se ordenó descamisar el dinero de todas las coimas comprobadas que repartió el militar retirado Diego Palleros y que van desde los 100 mil a los 250 mil dólares. El lugar de Palleros en la organización fue clave. No solo ejecutó sobornos sino que aportó su experiencia como traficante de armas. Hoy escuchó la sentencia con las manos adentro del pantalón y los anteojos de sol puestos. Recibió la pena de 5 años de prisión.