La justicia Civil condenó a un productor agrícola a que indemnice con más de 280 mil pesos a su hijo. También tiene que pagarle a la madre del joven. Es por los daños y perjuicios causados por omitir su responsabilidad y el desamparo durante todo ese tiempo.
C. nació en Buenos Aires en 1990 producto de la relación de su madre y un hombre casado con otra mujer. Cuando tenía un año y medio, su madre le envió una carta a su padre biológico para pedirle ayuda “moral y económica”. La mujer, de bajos recursos, apenas llegaba a cubrir las necesidades del niño. El hombre es empresario y desarrolla diversas actividades agrícolas en una empresa y es socio presidente de un molino arrocero. Nunca hubo una respuesta y en febrero de 1995 la madre inició una acción judicial para lograr la “filiación” del menor, es decir, que el padre lo reconozca como hijo. Después de 18 años de la primera demanda judicial, la Cámara Civil, con las firmas de Carlos Domínguez, Lidia Hernández y Oscar Ameal, hizo lugar al pedido que iniciara su madre y ordenó se indemnice tanto al joven como a la madre con 284.750 mil pesos.
La mujer tardó en iniciar la demanda ya que no tenía dinero ni siquiera para pagar el pasaje que la llevara al servicio jurídico gratuito, explica el expediente. Pero logró presentar la demanda. Los años fueron pasando y recién en 2008 el hombre accedió a realizarse la prueba de ADN. Aunque, para “comprobar” que la mujer era pobre “dejó a salvo que no asumiría el costo de la misma, obligando a la actora a probar su pobreza a los fines de realizarla”.
El resultado arrojó un grado de certeza mayor al 99,99 % que indicaba que efectivamente C. era hijo del hombre. Esto se vio reflejado en la sentencia que en agosto de 2008 estableció que C. era su hijo. El joven ya tenía 18 años. Sin embargo la madre debió presentar otra demanda judicial, en julio de 2009, por los daños y perjuicios que le causó a ella y a su hijo el no reconocimiento. Recién en ese momento el hombre comenzó a hacerse cargo de los alimentos del joven.
Hoy C. tiene 23 años y la sala K de la Cámara Civil, con las firmas de Carlos Domínguez, Lidia Hernández y Oscar Ameal, hizo lugar al pedido que iniciara su madre y ordenó se indemnice tanto al joven como a la madre. “El padre hizo muy poco para acelerar la prueba biológica y esperó la sentencia para recién cumplir su deber de pagar alimentos, habiendo sido necesario el reclamo judicial de la actora”, sostuvieron los jueces en el fallo.
Los magistrados, al analizar el expediente, se encontraron con los argumentos del hombre que sostenía no conocer a la mujer al tiempo que explicaba que la demanda lo llenó de “sorpresa y estupor” y sostenía: “no conozco a la actora, por lo menos no la recuerdo de cuando tuve oportunidad de visitar escasamente el citado negocio de la localidad de San Martín...”.
“Sí puedo afirmar que no tuve relaciones sentimentales de ninguna naturaleza con nadie en las épocas referenciadas” dijo y agregó, tras catalogar de "aventura judicial” la demanda de la madre, que se trataba de una “especulación” para extorsionarlo a él, “un provinciano casado, tal vez predispuesto al arreglo si tuviera algo que ocultar, antes de que ventile la cuestión en su hogar y además soportar los ingentes costos de un proceso judicial".
No obstante, los jueces no hicieron caso a los argumentos del padre y sostuvieron que el hombre “sabiendo que existía una posibilidad cierta de que ese niño fuera su hijo no hizo nada al respecto hasta después de muchos años”. A esto se sumaron las pericias psicológicas realizadas al joven en las que se sostenía que “la falta de reconocimiento paterno le ha originado una gran inseguridad en el desarrollo óptimo de su personalidad” y “repercutió en forma negativa dentro de los parámetros esperables a su condición y estado”. Por ello lo condenaron a indemnizar a la madre y al joven con 284.750 pesos.