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Infojus Noticias

8-8-2015|12:00|#Elecciones Nacionales
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Elecciones 2015: todo lo que hay que saber

PASO: todos los tipos de votos que se pueden emitir

En las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias votarán 32 millones de argentinos. A la hora de entrar al cuarto oscuro, habrá diferentes alternativas. Los votos de clasifican de diferente manera: válido, nulo, recurrido, en blanco. En esta nota te contamos cómo es cada uno de ellos.

  • Foto: Télam.
Por: Infojus Noticias

Antes de entrar al cuarto oscuro es importante saber que existen distintas clases de votos. El sufragio que se considera válido es el positivo o afirmativo y el voto en blanco. Pero también hay otras clasificaciones como el nulo, recurrido e impugnado. Se trata de un voto positivo o afirmativo cuando se emiten mediante boleta oficializada de una misma lista todas las categorías de cargos. O, también, cuando para cada categoría de cargos, se eligen boletas oficializadas de diferentes listas de una misma agrupación política o de agrupaciones diferentes.

Además se entiende como positivo o afirmativo cuando habiendo en la boleta tachadura de precandidatos, agregados o sustituciones, su encabezado (donde tiene el nombre de la agrupación política y la categoría de precandidatos) se encuentre intacto. En el caso de que en un sobre aparezcan más boletas oficializadas  de la misma lista y categoría de cargos, solo se computará una destruyendo las restantes.

Otra clase de sufragio válido es el denominado voto en blanco. Entran en esta categoría aquellos casos en los que el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin inscripción alguna. O cuando en el sobre faltase un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considerará voto en blanco solo para dicha categoría.

El voto se considera nulo en distintos casos. Cuando se emite mediante una boleta no oficializada, cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños en el sobre, como monedas o estampitas. También se entiende como nulo cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo. En estos casos son excepciones las tachaduras.

El voto se anula cuando se han incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos. Asimismo se toma como nulo cuando se han incluido boletas de distintas listas de una misma agrupación política para una misma categoría de cargos.

Además, se anula cuando se han incluido boletas de distintas listas de una misma agrupación política para una misma categoría de cargos. Y en los casos cuando se emite mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras no contenga por lo menos sin rotura o tachadura el nombre y el número de la agrupación política, la letra de la lista y la categoría a elegir.

Se define como voto recurrido a aquel cuya validez o nulidad sea cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. El fiscal deberá fundamentar en el volante especial de voto recurrido con “expresión concreta de la causa”.

Por último, otra clase de voto es aquel de identidad impugnada. Se trata de los casos en los que el presidente de mesa y/o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad: es decir, no es el titular del documento cívico que presenta. La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio.

MFA/RA

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