El Gobierno le exigió a la empresa un informe técnico sobre la situación que los cortes, origen, cantidad de afectados y el tiempo de normalización del servicio. Cómo y dónde reclamar, y el nuevo mecanismo que se implementará a partir de febrero con la nueva Justicia del consumidor.
Se detectaron fallas en el servicio que brinda la empresa Claro en la ciudad de Buenos Aires y algunas localidades del AMBA. Así surgió de las mediciones habituales que realiza la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) sobre el servicio de telefonía móvil. Los controles verificaron interrupciones en la prestación del servicio que afectarían a un número importante de clientes de Claro, por lo que se intimó a la prestadora a restituir inmediatamente el servicio.
Asimismo, la Secretaría de Comunicaciones instruyó a la Comisión Nacional de Comunicaciones a que aplique la mayor rigurosidad en este caso, y se le exigió a la empresa que en un plazo de 48 horas presente un informe técnico sobre la situación para analizar su responsabilidad y la amplitud de los cortes, el origen del desperfecto, la cantidad aproximada de usuarios afectados y el tiempo estimado para la normalización del servicio.
Esta mañana, muchas usuarios de la compañía optaron por quejarse a través de las redes sociales. Es que el mecanismo actual para reclamar en la Secretaría de Comercio no es ágil, pero con la nueva ley de Justicia del Consumidor – que se aplicará a partir de febrero- las demandas lograrán un resarcimiento rápido y eficaz ante un incumplimiento empresarial.
La empresa difundió un comunicado en el que explicó que se “trataba de un problema general” y que “los técnicos están trabajando para resolverlo”. Sin embargo, el problema persistía después del mediodía. También sufrieron problemas usuarios de otras empresas.
Cómo se harán los reclamos con la nueva Justicia del Consumidor
Ante este tipo de problemas, los usuarios podrán optar por a la Secretaría de Comercio, o ir a un fuero del consumidor. En la actualidad, la Secretaría de Comercio puede aplicar una multa y si la empresa la apela, el caso va a un fuero ordinario que puede tardar hasta siete años en resolverse. A partir de febrero, si a la empresa la multan, primero tiene pagar y después apelar, y en caso de que le asista la razón, se le devuelve la plata. En el caso de que la empresa no quiera pagar en la instancia de mediación habrá dos opciones: la primera, si se sólo se quiere reclamar el daño directo –mal servicio de teléfono celular–, se pide a la autoridad administrativa que indemnice al usuario. Si se quiere reclamar una reparación integral, en ese caso se deberá hacer una presentación en el fuero del consumidor.
Actualmente si la Secretaría del Consumidor fija una audiencia, el empresario puede no concurrir porque no es obligatoria. En el nuevo sistema no sólo es obligatoria, sino que se pondrán en función a todos los mediadores que existen en la Capital Federal, que son tres mil.
La mediación se fijará será cerca del domicilio del consumidor. Y la empresa deberá ir porque la mediación es obligatoria y si no concurre le aplicarán una multa.
Detrás de todo el procedimiento estará el fuero del consumidor. Con la ley se eliminaron todas las cuestiones que pueden ser utilizadas como chicanas, como las excepciones, pronunciamientos. Además, se le agregó un sistema de oralidad, en el que el juez cita a las partes, testigos y después podrá dictar sentencia. El consumidor tiene la opción del abogado gratuito porque la ley prevé que puede tener el patrocinio de un defensor oficial. Este proceso que puede durar entre seis y ocho meses y la indemnización puede alcanzar los 220 mil pesos.
Multa a Personal
A mediados de junio de 2012, la Comisión Nacional de Comunicaciones multó con seis millones de pesos a la empresa Personal, porque dejó sin servicio a sus usuarios durante más de ocho horas. Además, la compañía tuvo que pagar un resarcimiento de 30 pesos para cada usuario afectado.
Reglamento de calidad de los servicios
A partir de agosto del año pasado, existe un reglamento de calidad de los servicios de telecomunicaciones. Las empresas deben cumplir en materia de calidad de las comunicaciones y atención a los usuarios. Lo novedoso es que para cada uno de esos criterios el Estado establece indicadores y tasas de cumplimiento. Las empresas deben recolectar la información y publicarla en sus páginas de internet para que los usuarios puedan comparar la calidad de los servicios prestados por cada una al momento de contratar un servicio o de decidir abandonarlo.
Dónde reclamar
Para hacer reclamos ante la persistencia de los inconvenientes en los servicios de telefonía móvil y fija e internet, se debe ingresar en www.quenosecorte.gob.ar. Además, en caso de tener alguna duda pueden comunicarse al 0800-333-3344 donde serán asesorados por personal de la CNC.