El hurto de un "vehículo" eleva la pena
Procesado por robar una bicicleta
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional la consideró un “vehículo”. Y avaló el procesamiento del ladrón.
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Ilustración: kitsch
Por: Infojus
La policía lo atrapó cuando huía en la bicicleta que había robado. El ladrón fue procesado. A la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional le tocó examinar su procesamiento. La defensa del imputado pedía que no se considerase a la bicicleta como un vehículo. El motivo para discutir ese aspecto es que el hurto tiene prevista una pena de un mes a dos años. Pero si lo que se hurtó es un vehículo, se considera un agravante que eleva la pena mínima a un año y la máxima a seis.
No es un detalle: si se trata de la primera condena del acusado, una pena de hasta tres años no es de cumplimiento efectivo. Es decir: queda condenado, pero no va preso. Si la pena es superior a los tres años, el condenado va a la cárcel. En caso del hurto simple, la pena máxima era de dos años, por lo que aún en el peor de los casos, el acusado no hubiera ido a prisión.
La Sala 4 definió a la bicicleta como un vehículo, y avaló el procesamiento del ladrón.