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Infojus Noticias

11-9-2014|10:31|Ley de nombres Nacionales
Etiquetas:
Debate nacional

Prohibido llamarse Messi en Rosario

Una pareja rionegrina anotó a su hijo como Messi Daniel Varela. Ante un posible aluvión de consultas para inscribir a chicos con el nombre del capitán de la selección, el titular del Registro Civil de Santa Fe aclaró que la ley prohíbe poner apellidos como nombres. "Puede generar confusión", explicó.

  • Télam
Por: Infojus Noticias

Uno de los nombres más elegidos en el Gran Buenos Aires entre junio y julio, en plena fiebre mundialista, fue Lionel, en homenaje al capitán de la selección. En Río Negro, un padre fue un paso más allá: su hijo se llama Messi Daniel Varela. En Rosario, ciudad natal del futbolista, el Registro Civil se anticipó a un posible aluvión de solicitudes. “Está prohibido por ley”, dijo el titular de la repartición a nivel provincial, Gonzalo Carrillo.

“Soy el padre de Messi”, declaró orgulloso Héctor Varela. La decisión del rionegrino abrió el debate y multiplicó las consultas de este tipo en los registros civiles del país. Carrillo se anticipó: “Usar apellidos como nombres está prohibido por ley. Puede generar confusión, pero también podría sentar un precedente para un cambio”, dijo en relación al caso de Messi Varela.

“Hay muchos que les pusieron Lionel por Messi, pero esto es más contundente”, dijo el padre del niño rionegrino. Según contó, ya había planeado ponerle ese nombre durante los dos primeros embarazados de su mujer pero las dos fueron niñas.

Entre julio y agosto, dos de cada diez chicos inscriptos en el Gran Buenos Aires llevan el nombre de alguno de los 23 futbolistas que jugaron el mundial en Brasil. Los más elegidos fueron Lionel, Ángel, Gonzalo y Javier. Por Messi, Di María, Higuain y Mascherano.

La directora del Registro Civil porteño, Ana Lavaqué, fue un poco más flexible que su par santafesino.  "La ley es muy antigua, se está tratando de revisar y va a camino a sufrir algunas modificaciones. El hecho de que el nombre que se quiera poner sea un apellido no implica un derecho a denegarlo", dijo.

La Ley de nombres N°18.248 establece que “el derecho de elegir el nombre de pila se ejercerá libremente” con cinco excepciones:

1) Los nombres que sean extravagantes, ridículos, contrarios a nuestras costumbres, que expresen o signifiquen tendencias políticas o ideológicas, o que susciten equívocos respecto del sexo de la persona a quien se impone.

2) Los nombres extranjeros, salvo los castellanizados por el uso o cuando se tratare de los nombres de los padres del inscrito, si fuesen de fácil pronunciación y no tuvieran traducción en el idioma nacional.

3) Los apellidos como nombre.

4) Primeros nombres idénticos a los de hermanos vivos.

5) Más de tres nombres”.

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