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Infojus Noticias

4-7-2015|14:02|Gobierno porteño Nacionales
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El Gobierno de la Ciudad y el titular del fideicomiso ya apelaron la medida

Qué pasa cuando ordenan demoler un edificio autorizado por Ciudad

Vecinos, empresarios y funcionarios porteños se encuentran inmersos en una batalla judicial que empezó en 2011. Esta semana, en un fallo inédito, la Justicia en con Contencioso Administrativo ordenó al Gobierno de la Ciudad demoler cinco de ocho pisos de una obra que estaba casi concluida en Belgrano por violar el Código de Planeamiento Urbano.

  • Gentileza Arnaldo Pampillón/Página 12
Por: Sebastián Ortega

Un edificio del barrio de Belgrano quedó en medio de una batalla judicial que involucra a propietarios, vecinos, empresarios y funcionarios porteños. Esta semana el Gobierno de la Ciudad y el titular del fideicomiso apelaron un fallo inédito del juez en lo Contencioso Administrativo Aurelio Ammirato, que ordenó al Ejecutivo demoler cinco de los ocho pisos de la obra que estaba casi concluida. Además de sentar jurisprudencia en causas por violaciones al Código de Planeamiento Urbano, podría generar una ola de demandas de los dueños de los departamentos.

Como el fallo de primera instancia no está firme, la empresa constructora podrá terminar la obra y los propietarios habitar el edificio. El destino de los departamentos que van del cuarto al octavo piso aún es incierto. Si la Cámara en lo Contencioso Administrativo ratifica la decisión del juez Ammirato, el Gobierno de la Ciudad deberá demolerlos, aunque las partes también podrían recurrir al Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Además, podría abrirse un abanico de nuevas causas. “El fideicomiso tenía la obligación de informar a quienes participaron del pozo y los futuros compradores que la obra estaba judicializada y no lo hicieron”, explicó a Infojus Noticias el abogado del Observatorio del Derecho a la Ciudad, Jonatan Baldiviezo, que representa al grupo de vecinos que denunció las irregularidades en la construcción del edificio. “Eso constituye una estafa”, agregó.

El viernes a la mañana el abogado fue notificado de la apelación presentada por el Gobierno de la Ciudad y los responsables del fideicomiso. Ahora tiene tres días hábiles para contestar el traslado. Después, el expediente será analizado por una de las tres salas que componen la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad. “No tienen un plazo para sentenciar, en promedio demoran en resolver entre seis y ocho meses. También existe la posibilidad de recurrir al Tribunal Superior de Justicia”, indicó Baldiviezo.

"Consideramos que la autorización para construir fue bien otorgada y que el juez se extralimitó en la decisión", dijo el procurador general de la Ciudad, Julio Conte Grand, al diario La Nación. Y agregó: "Es probable que haya otros casos similares, aunque actualmente no hay ninguno en análisis".

El Observatorio del Derecho a la Ciudad, en cambio, considera que la sentencia de Ammirato es “histórica”. “Porque ordena que aquello que fue construido ilegalmente y afecta derechos y la calidad de vida de las familias linderas debe ser demolido”. Además, pidieron que se investigue a los funcionarios “responsables de otorgar autorizaciones ilegales que afectan el ambiente urbano y la calidad de vida de miles de familias y que ponen en juego también el patrimonio de la Ciudad por la posibilidad de futuros juicios por indemnización”. 

Casas bajas

La causa judicial nació en 2011 a partir de un amparo presentado por un grupo de 20 personas que viven un edificio y una casa lindera. Los vecinos notaron que la obra de al lado había crecido por encima de los tres pisos que admite el Código de Planeamiento en esa zona.

Con una autorización del Ejecutivo la empresa constructora levantó una estructura de ocho pisos. Los funcionarios de la Dirección General de Interpretación Urbanística (DGIUR) fundamentaron la excepción en lo que se conoce como “enrase”, que establece que en caso de que los dos inmuebles linderos superen los 15 metros de altura, se podrá edificar hasta la altura de esas construcciones. “Acá no existe eso, porque de un lado hay una casa de dos plantas”, apuntó Baldiviezo. “Es un mecanismo frecuente utilizado por la DGIUR para burlar los límites que establece el Código de Planeamiento”, denunciaron desde el Observatorio.

Baldiviezo se mostró confiado en que la Cámara ratifique el fallo de primera instancia y que marque un precedente para futuras sentencias. “No conozco otros casos en los que se haya ordenado la demolición. Sería un gran avance que los jueces empiecen a aplicar este tipo de sanciones”, sostuvo.

S0/AF

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