El extitular del Tercer Cuerpo del Ejército sufrió un nuevo revés judicial al volver a fracasar un intento para apartar al titular del Juzgado Federal N°3 de Córdoba, dónde se instruyen las causas por delitos de lesa humanidad. El juez es hijo y nieto de abogados fusilados en la última dictadura cívico militar.
El multicondenado ex titular del Tercer Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez, sufrió un nuevo revés judicial al volver a fracasar un intento para apartar al titular del Juzgado Federal N°3 de Córdoba, dónde se instruyen las causas por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.
El magistrado al que Menéndez pretende apartar es Miguel Hugo Vaca Narvaja, hijo y nieto de abogados fusilados entre 1975 y 1976. El Juzgado N°3 se encontraba vacante desde 2009 y fue asumido por Vaca Narvaja en noviembre del año pasado. Desde entonces el represor interpuso recursos para recusarlo, pero siempre fueron rechazados.
Esta vez fue la Sala Cuarta de la Cámara de Casación, al desestimar un recurso de "queja por extraordinario denegado". La misma sala ya había dictado una resolución rechazando un recurso presentado por la defensa del represor y antes fue la Sala A de la Cámara Federal de Córdoba la que rechazó, por unanimidad, la recusación del juez.
"Las decisiones sobre recusación de los jueces no son susceptibles de recurso extraordinario por no tratarse de sentencias definitivas, sin que en el caso la defensa haya demostrado que se den las circunstancias excepcionales que permitieron el abordaje de la cuestión", dijeron los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Hornos en una resolución de menos de dos carillas, a la que Télam tuvo acceso.
Menéndez –que registra más diez condenas a perpetua por delitos de lesa humanidad– impugnó a Vaca Narvaja porque "dicho magistrado intervino anteriormente como letrado representante de víctimas en causas de 'lesa humanidad' ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Número Uno de Córdoba", donde "acusó y requirió la elevación a juicio" de diversas causas.
Los camaristas replicaron en aquella oportunidad que el "recurso de casación interpuesto no se dirige contra la sentencia definitiva de la causa" ni equiparable a tal, ya que "el rechazo de la recusación de un magistrado no pone fin a la acción, ni a la pena, ni hace imposible la continuación de las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena".