El texto reemplaza a dos que habían sido redactados hace 145 años. Contiene 2671 artículos que reemplazarán a los 4500 que estuvieron hasta ayer en vigencia. El proyecto pasó por una Comisión Bicameral del Congreso y se debatió en foros de todo el país. En un proceso único por su carácter participativo y democrático, se le introdujeron más de 150 modificaciones.
El nuevo Código Civil y Comercial, promulgado el 7 de octubre pasado por la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, comenzó a regir desde la 0 hora de hoy. El nuevo texto contiene 2671 artículos que reemplazarán a los 4500 que están actualmente en vigencia y que regían desde 1871. El nuevo Código “adecua las normas que regulan las relaciones entre los particulares a la realidad social de los tiempos presentes, hace la legislación más accesible a la ciudadanía, simplifica la resolución de instancias de la vida cotidiana de las personas, incorpora los nuevos derechos consagrados y fortalece la seguridad jurídica en el país”, destacó el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak. El secretario de Justicia, Julián Álvarez, lo describió como “un código moderno, que procura dar soluciones a los problemas de todos los días y que fue hecho por toda una sociedad”.
El viceministro destacó lo participativo del proceso de gestación del nuevo código, en el que intervinieron más de cien juristas. “Fue tremendo el trabajo que requirió”, sostuvo. El proyecto comenzó en una comisión redactora conformada por voluntad de la presidenta, se trabajó en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, se debatió en foros de discusión en todo el país y en audiencias públicas en el Congreso, pasó por una Comisión Bicameral del Congreso, y sufrió más de 150 modificaciones en base a las propuestas recogidas del debate federal.
Alak resaltó que el nuevo cuerpo normativo “recepta, en la legislación civil y comercial argentina, los principios, las garantías y los derechos de nuestra Constitución”. Y señaló que, “a diferencia del Código de Vélez Sarsfield, es un producto cultural genuinamente argentino y latinoamericano, hijo de nuestra democracia. El ministro explicó, además, que el Código “aumenta la seguridad jurídica porque establece la máxima protección de los depósitos bancarios en moneda extranjera y de las cajas de seguridad, los cuales son inviolables”.
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Álvarez, por su parte, detalló que el nuevo cuerpo legal basa la institución del matrimonio “en un proyecto de vida que se base en la cooperación”, que se simplifican los trámites para la adopción y “se fija la prioridad del niño por sobre la de los adultos”, además de reconocer el derecho del adoptado a conocer quiénes son sus padres biológicos.
Además, sostuvo que “se prohíben las guardas de hecho”, un mecanismo por el cual se evitaba al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos y que generaba que muchas veces “se le pagara a la familia para que entregaran a sus hijos”.
El secretario de Justicia también recalcó que el nuevo Código facilita los trámites de divorcio, para los que no exige plazos desde el matrimonio ni causales específicas. Agregó que “incorpora las nuevas formas de contratación” y también “se busca proteger a los consumidores de los contratos estandarizados, que a veces tienen cláusulas abusivas o perjudiciales, y eso se complementa con la nueva Justicia del Consumidor creada el año pasado”.
Las principales novedades del nuevo Código unificado también recorren los institutos de la unión convivencial, la reproducción humana asistida, la responsabilidad parental y los derechos personalísimos, entre otros. El texto está disponible, en forma gratuita, para todos los interesados en conocer su contenido, en una edición realizada por Infojus que contiene comentarios explicativos de destacados juristas. Son casi 100 mil las descargas en PDF y en formato e-book del sitio www.infojus.gob.ar.
Los pilares de su legitimidad
Los pilares sobre los cuales este Código se ha elaborado son de altísimo valor:
-Los nuevos derechos y garantías de la Constitución Reformada de 1994.
-Los Tratados y Convenciones Internacionales.
-Los antecedentes de reformas integrales.
-Las leyes que consagraron nuevos derechos en los últimos años, como, entre otras, Identidad de Género, Salud Mental y Matrimonio Igualitario.
-La participación amplia y plural de 150 especialistas, académicos y profesores de las universidades argentinas;
-La colaboración sistemática y asistencia técnicas de los cuadros técnicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación;
-Las miles de propuestas analizadas por la Comisión Bicameral.
-Las audiencias públicas.