Para la Justicia, una mujer cometió “injurias graves” por destratar a su marido y discriminar a la familia de éste por ser de origen árabe.
La justicia civil consideró que una mujer cometió “injurias graves” con su marido al destratarlo y tratar de “terrorista” a su familia por su origen árabe. La mujer pasaba desinfectante después que visitaban en su casa. La justicia le concedió el divorcio al hombre.
Él médico y ella psicóloga, la pareja se casó en diciembre de 1993 y tuvieron un hijo que actualmente tiene 17 años. En 2008 el hombre inició el divorcio por el maltrato que sufría por parte de la mujer. Hablaba de un trato “injurioso y despectivo” así como “insultos y descalificaciones” frente a su hijo.
Ahora, la sala M de la Cámara Civil, confirmó una sentencia que decretó el divorcio de la pareja por responsabilidad de la mujer porque esta, entre otras cosas, acusaba de “terroristas” a sus familiares por su origen árabe. Incluso llegó a pasar desinfectante después de una visita de unas tías provenientes del Líbano.
Los jueces Elisa Díaz de Vivar, Fernando Posse Saguier y Mabel De los Santos, se valieron de los testimonios de los familiares del hombre para probar las “injurias graves” de la mujer. Un amigo contó en el expediente que la mujer tenía un “control excesivo sobre las actividades” del hombre. Tenía una “falta de la libertad lógica de un hombre para con sus amigos con los que jugaba fútbol”, dijo el amigo que destacó que la mujer lo “llamaba para chequear la certeza de los encuentros”.
La hermana del hombre también contó que ponía en duda su “calidad profesional de la medicina” dudando de alguna prescripción que el hombre hacía para su propio hijo. Además, no aceptaba el trato del joven con la familia del padre por el origen árabe “alegando que era una cultura llena de violencia, guerras, etc., a punto que cuando había contacto luego limpiaba todo y desinfectaba con Lysoform en forma paranoide”. Criticaba “las raíces de la familia acusándolos de terrorista”, detalló otra testigo.
Ante los dichos de los familiares del hombre, y la condena en primera instancia, la mujer sostuvo que la sentencia era “injusta y arbitraria” por la “escasa envergadura y parcialidad de los testimonios aportados”. Pero los jueces destacaron que el hecho de que fueran familiares y amigos “no quita eficacia probatoria a sus declaraciones” pues “las personas más allegadas son quienes tienen mejor conocimiento de los hechos”.
“Por el contrario él le daba un trato cariñoso, evitaba peleas y era respetuoso priorizando la familia”, dice otra sobrina del hombre. “Esto surge inclusive de los términos de la demanda en la que el actor manifestó su deseo de aquel momento de pedir sólo una separación personal y no divorcio”, explican los jueces que confirman la sentencia decretando el divorcio por culpa de la mujer.