Un hombre fue procesado por encubrimiento por tener en su poder una bicicleta propiedad del gobierno de la ciudad de Buenos Aires. Fue descubierto cuando intentaba desatarla de un poste de luz. No había pruebas para imputarlo por robo.
En octubre de 2012, un hombre se disponía a desatar su bicicleta de un poste de luz. La bicicleta era la que es propiedad del Gobierno de la Ciudad y había sido robada días atrás de una de las estaciones que hay en el centro porteño. El hombre fue detenido por la policía. En primera instancia, la justicia lo imputó por robo y lo procesó por “hurto agravado por tratarse lo sustraído de un vehículo dejado en la vía pública”, un delito que contempla una pena de entre uno y seis años de prisión. La defensa del hombre apeló el procesamiento y la causa llegó a la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.
Allí, los jueces Carlos González y Alberto Seijas, confirmaron el procesamiento pero cambiaron la calificación del hecho ya que no había pruebas que el hombre participó en “la sustracción denunciada”, pues “no se ha dado con testigos presenciales del hecho ni se cuenta con registros fílmicos de lo ocurrido”.
A esto se suma que quienes se encontraban a cargo de la estación que provee las bicicletas se dieron cuenta del robo varios días después, cuando realizaron una “arqueo de las bicicletas allí almacenadas”.
Los camaristas procesaron al hombre por “encubrimiento agravado por el ánimo de lucro”, un delito que tiene las mismas penas que el de hurto agravado. Los magistrados interpretaron que al encontrarlo abriendo el candado de su propiedad, el hombre “obtiene beneficios del objeto (por su uso) y lo mantiene en su poder asegurándolo con elementos de seguridad”.
Para los jueces esto manifiesta algo contrario a su declaración en la causa, cuando sostuvo que tomó la bicicleta luego de que fuera abandonada por tres personas y que pensaba devolverla. En la sentencia sostienen que el hombre sabiendo “el origen espurio” de la bicicleta, la usó igualmente.