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Infojus Noticias

3-12-2013|11:18|Trata Nacionales
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Los cuatro imputados habían sido sobreseídos

Trata laboral: ordenan seguir la causa de dos talleres textiles de Flores

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó una sentencia y ordenó seguir investigando a los responsables. Contrataban a migrantes peruanos y bolivianos, y los encerraban con llave durante el turno noche.

  • Ilustración: kitsch.
Por: Gustavo Ahumada

La Cámara de Casación Penal ordenó seguir investigando a cuatro personas acusadas de trata de personas en dos talleres textiles ubicados en el barrio de Flores. Los empleados, inmigrantes de Bolivia, Perú y Paraguay, hacían turnos de doce horas y los del turno noche permanecían encerrados hasta el amanecer.

K.P. tenía 16 años el día que allanaron el taller textil en el que trabajaba en el barrio de Flores de esta Capital Federal. De origen peruano, había abandonado el secundario para trabajar. Durante un tiempo, las “changas” le ayudaron a mantener a su familia. Por intermedio de su tío llegó a un taller textil en pleno Flores –sobre la calle Ensenada-, su corta edad no importaba. Importaba encontrar “el sostén económico” que “diera a su familia una mínima estabilidad económica”. Es decir, una plata fija a fin de mes. No había recibos: firmaba un cuaderno cada vez que cobraba en ese taller donde los turnos eran de doce horas, con quince minutos para tomar un café, y media hora para comer.

Si le tocaba trabajar en el turno noche era peor. El encargado cerraba todos los accesos con llave y nadie podía entrar ni salir hasta las siete de la mañana, cuando cambiana el turno. Mientras tanto, la única línea telefónica del lugar se encontraba en una habitación que también estaba cerrada con llave.

El día del allanamiento al taller, K.P. y sus compañeros estaban trabajando. Los efectivos llegaron en el turno noche y al principio no pudieron entrar. Finalmente terminaron rompiendo la puerta. El allanamiento fue uno de los pasos de una causa penal que se inició tras la denuncia realizada por Marcelo Colombo, titular de la Unidad Fiscal de Asistencia en Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE), ante la justicia federal por la actividad de un taller textil en condiciones irregulares. La denuncia se originó en un control realizado por la AFIP, que dio cuenta de las irregularidades. En aquella ocasión, los dueños de uno de los talleres encerraron a algunos de los trabajadores en un piso superior de la vivienda para que no los encontraran. Luego de las investigaciones preliminares se descubrió una actividad similar en la casa lindante y se allanaron dos viviendas.

La causa tiene cuatro responsables: Ziyin Che y Li Chengguo (de nacionalidad china) y Kyuhak Choi y Jang Dong Soo (coreana). Todos fueron procesados en primera instancia por reducción a la servidumbre, facilitación de la permanencia ilegal de extranjeros, en tanto que los dos primeros también por trata de personas por “mediar abuso de situación de vulnerabilidad”. Este último de los delitos es el que incluye el accionar de los responsables con respecto a K.P: se aprovecharon se su “situación de vulnerabilidad” -la necesidad de tener un sueldo fijo al ser el sustento económico de su hija y su novia-.

Sin embargo, el procesamiento sufrió un revés. La Sala I de la Cámara Federal, tras las apelaciones de las defensas de los responsables de los talleres textiles, sobreseyó a todos los procesados. Para los jueces “los trabajadores de ambos talleres se desempeñaban al margen de ciertas disposiciones laborales y de seguridad social” pero para ellos “no se verifica… una situación de explotación laboral o condición análoga”. En el caso del joven, el argumento fue que no existen razones “para suponer que los imputados hayan aprovechado la situación de vulnerabilidad de los trabajadores y los hayan sometido a condiciones de trabajo indignas”.

Pero tras la apelación de la fiscal, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal -integrada por el doctor Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Gustavo Hornos- revocó la sentencia y ordenó seguir investigando a los responsables de los talleres. Para los jueces “la condición de migrantes de los trabajadores, el irregular estatus migratorio de algunos de ellos, su delicada situación socioeconómica, el exiguo salario que percibían por su trabajo, las prolongadas horas de trabajo diurnas y nocturnas, la precaria situación de trabajo informal a la que se hallaban sometidos, la situación de encierro que sufrían en el ámbito laboral y que limitaba su libertad ambulatoria, la limitación impuesta al acceso a medios de comunicación –por ejemplo, el teléfono que se encontraba en una oficina bajo llave– y el riesgo latente de muerte en caso de accidente por la situación de encierro” no son indicios casuales. Son elementos que “no permiten, a esta altura del proceso, adoptar un temperamento desvinculatorio” (es decir los sobreseimientos), sino que, “por el contrario, resultan suficientes para el dictado del procesamiento respecto de los imputados”.

Según explicó a Infojus Noticias Mariano Borinsky, uno de los jueces de Casación que revocó el sobreseimiento de los imputados, la sentencia “pone sobre el tapete delitos que hace un tiempo no tenían importancia en los tribunales”, lo que también se enmarca en las “políticas de estado fijadas por la Corte Suprema”.
 

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