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Infojus Noticias

2-8-2013|11:51|INDEMNIZACIÓN Nacionales
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Por más de 40 mil pesos

Una niña se cayó en un McDonalds: tienen que indemnizar a su familia

La justicia civil condenó a McDonald’s a indemnizar con más de 40 mil pesos a la familia de una niña que se accidentó mientras jugaba en un pelotero de uno de los locales de la cadena ubicada en el barrio de Villa Devoto.

  • Ilustración: Kitsch
Por: Infojus Noticias

Un mediodía de septiembre de 2003, una familia fue a almorzar a un McDonald’s ubicado en el barrio de Villa Devoto. M., de tres años, jugaba en el pelotero. Cuando se apoyó “en una ventana con forma de ‘burbuja’, ésta se abrió produciendo la caída de la niña”. Por los accidentes, M sufrió traumatismo de cráneo y una herida en los labios.  Los jueces de la sala L de la Cámara Civil decidieron que la empresa tiene que pagarle una indemnización de 40 mil pesos a la familia.

La empresa Arcos Dorados S.A., quien posee la franquicia McDonald’s en el país, se había defendido diciendo que la responsabilidad era exclusiva de los padres de la niña.  Los jueces Marcela Perez Pardo, Victor Liberman y Lily Flah, sostuvieron que “ninguna responsabilidad puede imputarse a los padres de la menor” ya que la niña “se encontraba jugando en el pelotero existente dentro del local de comidas rápidas explotado por la demandada”. Fue allí donde “cayó desde una ventana con forma de burbuja”, explican los magistrados, por lo que “debió estar correctamente cerrada a fin de evitar accidentes”.

La empresa “además de proveer bienes y/o servicios”, sostienen en el fallo los magistrados, asume la “obligación accesoria de seguridad frente a sus usuarios -consumidores-, que incluye el uso del local, el patio de juegos y sus accesos”. “La obligación de seguridad asumida por la accionada, exigía que los actores pudieran acceder, usar y retirarse del local sin daño alguno”, consignaron.

Por todo ello consideraron responsable del accidente a la empresa de comidas rápidas y la condenaron a indemnizar con más de 40 mil pesos.  “Si bien la víctima no sufrió lesiones físicas, sí se acreditó la existencia de secuelas psicológicas permanentes y lesiones físicas transitorias”, concluyeron  los jueces.

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