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Infojus Noticias

15-7-2013|16:40|Violencia SaltaProvinciales
La Corte de Justicia de Salta confirmó un fallo contra el Estado provincial

Deben indemnizarla porque su padre mató a su mamá y a sus hermanos

En 2004 José Alberto Yapura asesinó a puñaladas a su mujer Rosana Alderete y a dos de sus hijos de 8 y 5 años. Sobrevivió la mayor, Vanina Alderete, que le hizo juicio al Estado porque su madre había realizado cinco denuncias por maltrato y amenazas. La Corte salteña confirmó que la provincia debe indemnizarla, aunque redujo el monto de un millón a 700 mil pesos.

  • Vanina Alderete tenía 11 años cuando su padre mató a toda su familia.
Por: Juan Mattio

La Corte de Justicia de Salta confirmó que el Estado de la provincia debe indemnizar a la única sobreviviente de la masacre familiar ocurrida en 2004, aunque redujo el monto de un millón a 700 mil pesos. El abogado de la familia advirtió que se presentará un recurso de queja en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y que pedirá la ejecución de bienes de la provincia.

En la madrugada del 28 de agosto del 2004, el remisero José Alberto Yapura asesinó a puñaladas a su mujer Rosana Alderete y a dos de sus hijos, Rocío y José, de 8 y 5 años. Su tercera hija, Vanina, tenía 11 y logró escapar de la casa, pese a las heridas, y quedó inconsciente en la calle. Unos vecinos la llevaron hasta el hospital y sobrevivió. 

Después de una discusión entre el matrimonio, Yapura encerró a Alderete en el dormitorio y le dijo que iba a apuñalar a sus hijos. Los atacó con un cuchillo. Rosana Alderete había realizado cinco denuncias en la comisaría por maltrato y amenazas. La última fue un día antes del homicidio. Después de que en 2006 se condenara a Yapura a prisión perpetua, la Procuración General de la provincia inició un pedido de juicio político contra los dos jueces a los que habían llegado las denuncias y a la fiscal. El jury de enjuiciamiento no hizo lugar al pedido de remoción y se encontró que el único funcionario público con responsabilidad por la inacción del Estado era el policía que no hizo la fotocopia de la denuncia para llevarla al juzgado.

El agente José Abraham Martínez fue condenado a dos meses de prisión en suspenso, a pagar 5 mil pesos e inhabilitación especial de un año para desempeñarse como policía de seguridad o prevención. En el alegato de su defensa, se dijo que no había sacado las fotocopias porque no tenía plata y en la comisaría no se la daban. “En Salta no se le daba ninguna importancia a las denuncias de violencia de género”,  explicó a Infojus noticias una fuente judicial ligada al caso. “Por eso los jueces y el fiscal no tomaron nota de las denuncias”, agregó.

En octubre de 2011, en una audiencia pública, la jueza correccional y de garantías Mónica Faber falló que el Estado era responsable por no acudir a los  pedidos de ayuda de Alderete e impuso una indemnización de un millón de pesos. “Fue un fallo sin precedentes en Latinoamérica”, contó a Infojus Noticias el abogado de la familia, Rubén Juárez.

El gobierno de Salta interpuso un recurso extraordinario en Casación por considerar arbitraria la sentencia. Y afirmó que no había responsabilidad de parte del Estado. Según Juárez, el gobierno en la instancia de negociación, había aceptado su responsabilidad y propuso pagar con un plan de cuotas. “Porque no estaba previsto en el presupuesto hacer una derogación extraordinaria”, explicó el abogado.

Casación rechazó el planteo. Argumentó: “La normativa de violencia familiar estructura un sistema de actuación interrelacionada de diversos órganos que también integran el Estado provincial (…) y que no funcionó de manera adecuada por la conducta omisiva de uno de los engranajes". Pero rebajó el monto de la indemnización a 700 mil pesos. “La ley dice que el daño moral no es cuantificable en dinero –explicó la misma fuente judicial– pero es resarcible. La provincia y la familia tienen ahora diez días hábiles para ir a la Corte Suprema”.

Juárez anticipó a Infojus Noticias que ni bien termine la feria judicial utilizará esta opción. También pedirá la ejecución inmediata sobre bienes de la provincia. “Por ejemplo, el avión de la provincia. En vez de ser utilizado con situaciones de atención a la salud, se usa para fines partidarios”.

A partir de la masacre, se sancionó en la provincia la ley 7.403, conocida como la “Ley de violencia familiar”. Los jueces y la policía están obligados a actuar con rapidez frente a las denuncias de violencia intrafamiliar y tienen responsabilidad penal frente a los hechos. También se crearon oficinas para prevenir y actuar en casos de violencia familiar y se sumaron nuevos tribunales de familia.

Estos tres homicidios, junto con el de las turistas francesas asesinadas en Salta en 2011, fueron fundamentales para la inclusión de la figura de “femicidio” en el Código Penal el año pasado.

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