Los distintos trabajos publicados en INFOJUS NOTICIAS hasta el 9/12/2015 expresan la opinión de sus autores y/o en su caso la de los responsables de INFOJUS NOTICIAS hasta esa fecha. Por ello, el contenido de dichas publicaciones es de exclusiva responsabilidad de aquellos, y no refleja necesariamente la posición de las actuales autoridades del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos respecto de los temas abordados en tales trabajos.

Infojus Noticias

25-7-2014|19:26|Córdoba CórdobaProvinciales
Etiquetas:
El hecho fue en diciembre de 2000

Femicidio: indemnizarán a los padres de una víctima

La Justicia consideró que la policía no tomo las medidas de seguridad pertinentes pese a las denuncias por violencia de género que hizo la víctima. El Estado cordobés deberá indeminzar con 100 mil pesos a los padres de la chica, asesinada junto con su bebé por su ex marido.

  • Kitsch
Por: Infojus Noticias

El estado cordobés deberá indemnizar con más de 100.000 pesos a los padres de una joven de 19 años, que junto a su bebé de un año fue asesinada por su ex esposo en el año 2000, al considerar que la policía no adoptó las medidas de seguridad correspondientes, pese a las denuncias por violencia de género realizadas por la víctima en reiteradas oportunidades.

El 9 de diciembre de 2000 Alejandro Chávez ahorcó a su ex mujer y asesinó de un piedrazo en la cabeza a su hijo Nahuel de un año. Después abandonó los cadáveres en un baldío de la calle Escribanos al 3700, del barrio Marqués Anexo, en el sector norte de la ciudad. Chávez fue detenido al día siguiente, pero a las pocas semanas se suicidó.

La Cámara en lo Civil y Comercial de 5ta Nominación de la ciudad de Córdoba tomó la decisión al concluir que la policía provincial "no adoptó las medidas de seguridad exigidas por los tratados internacionales para evitar hechos de violencia contra la mujer, pese a las reiteradas denuncias previas que la mujer había formalizado contra su marido". A partir del fallo, el Estado provincial deberá indemnizar con 3.067 (0.000 de ellos en concepto de daño moral) a los padres de María Belén Quiñones.

En su voto la camarista Claudia Zalazar sostuvo que "el Estado tiene un deber de diligencia reforzado, que lo coloca en una posición de garante ante el riesgo de violencia basada en el género, lo que lo obliga a examinar los factores de previsibilidad y evitabilidad de ciertos hechos".

En su argumento Salazar destacó que más allá de que cuando ocurrió el asesinato de Quiñones aún no había sido sancionada en Córdoba la Ley 9283 (de violencia familiar, 2006), sobre el Estado pesaba el deber de adoptar "medidas tendientes a la prevención, sanción y eliminación de hechos de violencia ocurridos en el marco de la vida familiar".

“El deber del Estado es adoptar medidas de prevención y protección”

"No se trata de atribuir responsabilidad estatal frente a cualquier violación de derechos humanos cometida entre particulares. El deber del Estado de adoptar medidas de prevención y protección está condicionado, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por el conocimiento de una situación de riesgo real e inmediato para un individuo o grupo de individuos determinado y por la posibilidad razonable de prevenir y evitar ese riesgo", dijo Zalazar.

El estado provincial "no ha cumplimentado esa obligación reforzada, tomando las medidas que eran necesarias ante el riesgo particularizado denunciado por María Belén Quiñones a los fines de prevenir y evitar el desenlace fatal", sostuvo la camarista que dio por acreditadas las "reiteradas exposiciones y denuncias" que, con anterioridad al hecho, Quiñones había efectuado respecto de su ex esposo.

"Los antecedentes psicológicos y penales del causante directo del daño (Chávez) nos autoriza a concluir que, en este caso concreto, previo al acaecimiento de los crímenes, ha existido un cierto grado de previsibilidad de los hechos que el sistema estatal y sus funcionarios no debieron ignorar", enfatizó la vocal, a cuyo voto se adhirieron los otros miembros de la cámara, Rafael Aranda y Joaquín Ferrer.

Los vocales reconocieron que en la actualidad resulta "materialmente imposible el control particularizado de cada denuncia por violencia familiar", pero instaron a "poner mayor énfasis investigativo en casos cuyas circunstancias hacen presumir la gravedad de la cuestión".

Los jueces exhortaron a la provincia a que, en casos como éste, "pague en forma inmediata y voluntaria" ya que su "conducta debe ser ejemplificadora y buscar de algún modo paliar los sufrimientos que el hecho lesivo ha provocado a los actores", subrayaron.

Relacionadas