La Justicia salteña condenó a seis años de prisión a un hombre, que a pesar de tener una prohibición de acercamiento, amenazaba a su ex pareja en su lugar de trabajo, en su casa, e incluso le tiró piedras mientras iba en un patrullero.
Después de una seguidilla de agresiones y amenazas de muerte a su ex mujer, Fabio Paulo Cazón fue condenado el pasado 5 de junio por Víctor Walter Clark, titular del juzgado Correccional y de Garantías de 3º nominación de Salta, a seis años de prisión por los delitos de "violación de domicilio en concurso ideal con desobediencia judicial, lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas y daño calificado con lesiones leves en concurso real en perjuicio de su pareja".
En horas de la madrugada del 16 de junio del 2012, Fabio Paul Cazón ingresó a la casa de ex esposa pateando la puerta de entrada a pesar de tener una prohibición de acercamiento Tras ingresar a la casa se dirigió a la habitación donde se encontraba la mujer y la agredió dándole golpes en la cara. “Después te mato”, le dijo y se retiró de la casa. No era la primera vez que Cazón agredía a Gladis Milagro Nina, y no sería la última.
Quince días después, el 1 de julio, Cazón empezó a arrojar limones desde afuera del domicilio de Nina, impactando con uno de ellos a su hija y a su mujer. “Abrí la puerta y vas a ver lo que te va a pasar” decía exasperado, e incluso amenazó de muerte a su hijo de nueve años. Al otro día, en la media noche del 2 de julio, mientras Gladys se trasladaba en colectivo vio a Cazón desde el patrullero y éste le hizo gestos amenazantes mientras le mostraba un cuchillo.
Al otro día, el 3 de julio, la mujer llamó a la policía y Cazón volvió a ir a su casa. Al percatarse de la presencia de personal policial, comenzó a arrojarle piedras y la amenazó nuevamente. Ese mismo día, cuando la mujer se dirigía a la Comisaría a bordo de un móvil policial, el acusado le largó una piedra que impactó en el vidrio lateral derecho trasero y luego en el hombro de su hijo Román, de 9 años.
El juez Clark, en sus fundamentos alegó: “No se puede dejar de juzgar hechos que tanto daño le hacen a las mujeres, niños y a la sociedad en su conjunto”, explicó en la sentencia el juez que aseveró que “nos encontramos frente a un hecho de violencia de género y que como tal, debe ser tratado de manera especial”.
Para el juez, quienes investigan estos delitos deben hacer “un esfuerzo mayor que el realizado en otros casos, justamente por la vulnerabilidad de la mujer”. Asimismo, ordenó que "mientras dure la condena, el hombre deberá realizar un tratamiento de desintoxicación por sus problemas de adicción a las drogas con la finalidad de lograr su real reinserción social".