La norma está vigente desde 2007, pero es la primera vez que se aplica. Las sanciones pueden ser multas que alcanzan los 300 Jus -aproximadamente 3000 pesos-, trabajos y arrestos de hasta quince días.
Por primera vez, un usuario de patinetas fue multado en San Juan por 500 pesos por “obstaculizar” el tránsito. Se trata de una norma vigente en esa provincia desde 2007, pero que nunca antes había sido aplicada. Horacio Morando, titular del Primer Juzgado de Faltas, decidió que era hora de hacerlo, luego de que en mayo de este año, un motociclista atropellara a un chico de siete años que cruzaba la calle en monopatín.
El artículo es el 172 del Código de Faltas de San Juan, sobre “Entorpecimiento de servicios esenciales”. Prevé multas de hasta 300 Jus, trabajos de utilidad pública y arrestos de hasta quince días para cualquier persona que “entorpezca, obstaculice, impida o altere” el “funcionamiento de un servicio esencial, público o privado”.
Dos semanas atrás, el juez Morando había comunicado a los medios locales que el artículo, vigente desde hace cinco años, no se aplicaba porque no había habido accidentes como el del niño en monopatín. “Ahora hay adolescentes que circulan en skate por las calles, entre los autos, en contramano y hasta en las horas pico. Es una conducta que pone en riesgo su propia vida y la de los demás, por eso decidí que se controle esta norma”, explicó el juez. En esos días, Morando se entrevistó con personal policial de la Provincia para coordinar la aplicación de la norma.
El 23 de mayo pasado, un oficial de la Policía interceptó a cuatro usuarios de skate que circulaban por los laterales de la Avenida Circunvalación de la ciudad capital de San Juan. El policía los puso en conocimiento de la norma y les solicitó que dejaran de circular, pero, según relató el juez, las cuatro personas se negaron a acatar la orden. A continuación, se labró un acta de infracción y se decomisaron las tablas.
Horacio Morando citó al Juzgado a las cuatro personas, pero una sola concurrió. “El joven asistió al juicio y en su descargo dijo que desconocía la norma, pero reconoció que se equivocó”, contó el juez. Se lo multó y se procedió a devolver la patineta. Las causas de las otras tres personas están abiertas y el juez dictó una orden de comparecencia para obligarlas a que asistan al Juzgado.
La normativa puesta en debate despierta opiniones encontradas, ya que los usuarios de skates, patines, bicicletas y monopatines rechazan fuertemente la prohibición. Juliano Tinto, presidente de la Asociación Sanjuanina de Skate, resaltó que la patineta “es un medio de movilidad no contaminante y hay países desarrollados que están impulsando este tipo de transporte”, y consideró que habría que modificar la norma.
Recientemente, la provincia de Córdoba atravesó una polémica similar cuando un intendente radical presentó un proyecto para prohibir el uso de “longboard (tabla larga), streetluge (trineo de asfalto), freebord (tabla con ruedas), dirt surf o inlineboard, skeleton, patinaje de descenso (roller in line)” en lugares no habilitados de la ciudad de Córdoba. La propuesta despertó un fuerte rechazo de las asociaciones de patinadores y ciclistas, que realizaron movilizaciones y proyectos alternativos. La norma está en tratamiento en el Concejo Deliberante de la Ciudad de Córdoba.