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Infojus Noticias

15-7-2013|12:16|Adopción CorrientesProvinciales
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La causa había sido iniciada por la abuela

Un niño dado en adopción tiene que volver con su madre biológica

La Justicia correntina había indicado que el niño fuera entregado a una familia sustituta pero el máximo tribunal correntino ordenó que se restableciera el vínculo con su madre biológica. Los jueces entendieron que la mujer no tenía la intención de darlo en adopción.

Por: Infojus Noticias

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes ordenó reestablecer el vínculo de un niño con su madre, contrariando la decisión del juez de primera instancia que había dispuesto que fuera entregado en guarda a una familia que pretendía adoptarlo. Los jueces entendieron que si bien la madre biológica del niño tenía una enfermedad psiquiátrica y un pronóstico de evolución incierto, nunca manifestó la intención de dar a su hijo en adopción.

 La causa se inició a raíz de una exposición policial que hizo la abuela del niño, porque no lograba que su hija aceptara tomar la medicación y era constantemente agredida por ésta. La mujer también dijo que se haría cargo de su nieto de poco menos de un mes de vida. Pero el juez prefirió ponerlo a resguardo en otro grupo familiar.

 A los dos meses, tras haber aceptado el tratamiento, la madre del chico se presentó en la casa de la familia que lo tenía en guarda, pero no la dejaron verlo. Cuando la llamaron a tribunales para informarle que se podría disponer la “guarda con fines pre adoptivos” se negó aceptarlo, y afirmó estar dispuesta “a intentar seguir un tratamiento para recuperar su hijo”. No obstante el magistrado continúo con la decisión de favorecer la adopción y los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, confirmaron su sentencia.

 Ahora, los jueces Guillermo Semhan, Fernando Niz, Juan Carlos Codello y Carlos Rubin cuestionaron la actuación de los magistrados. Afirmaron que si bien “oportunamente” fue dispuesta “una medida de protección tutelar y urgente”, no hay motivos para que “en el proceso se haya privado a la progenitora, como de hecho se la privó, de los derechos que le garantiza el debido proceso”. En los fundamentos, el Superior Tribunal destacó que "nadie impide que el niño continúe en poder de los guardadores a quienes se les puede acordar una adopción simple llegado el caso, pero nunca una adopción plena que le impida a su madre -sufriente mental- pero consciente de su maternidad, las visitas y el derecho de tener contacto con el niño".

 

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