Se da en el marco de la adecuación a la ley 26.857 sobre declaraciones juradas, sancionada por el Congreso en mayo pasado.
La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, aprobó el nuevo reglamento para la presentación de las declaraciones juradas de los fiscales. La reglamentación surge de la ley 26.857 y además fue plasmada en la resolución 1302/13, del Plan de Transparencia Institucional llevado adelante por la Procuración. En uno de sus primeros puntos especificaba la publicidad de las declaraciones juras.
Se trata del “primer organismo que ajusta sus prácticas a lo dispuesto por la nueva normativa y avanza en un reglamento destinado a lograr que la información recabada sea mucho más amplia y se encuentre accesible de manera sencilla para la ciudadanía”, explicaron desde la Procuración.
En cuanto al funcionamiento concreto de la reglamentación, los fiscales deberán llenar tres formularios: uno de carácter público que reseña “la información que según prevé la ley debe difundir la Oficina Anticorrupción”; el segundo “incluye una síntesis de esos datos que coincide con lo requerido por la AFIP”; y el tercero, de carácter reservado, “contiene la totalidad de los datos personales y patrimoniales requeridos, que se encuentran exentos de publicidad”.
Asimismo se estableció que los fiscales presenten las declaraciones juradas antes del próximo 15 de agosto ante la Secretaria Disciplinaria, Técnica y de Recursos Humanos de la procuración y deberán tener “la información patrimonial al 31 de diciembre del año 2012”.
Por otra parte, los fiscales que ya hayan presentado su declaración jurada con la normativa anterior deberán volver a hacerlo.