Los jueces de la Sala II ordenaron seguir con una causa en la que el Grupo Clarín había denunciado "inseguridad jurídica" por una resolución que le impedía ofrecer servicio de telefonía a través de Fibertel.
El martes, los jueces de la Sala II revocaron el sobreseimiento a Carlos Salas, extitular de la Secretaría de Comunicaciones de Nación por una denuncia efectuada por Cablevisión en 2009. La empresa de cable había denunciado inseguridad jurídica por la creación de la resolución 165/09, que impedía que el Grupo Clarín ofreciera el servicio de telefonía. El juez Luis Osvaldo Rodríguez había sobreseído a Salas, pero por esta resolución de la Sala II, deberá continuar investigando.
En agosto de 2009, mediante la Resolución 165/09, la Secretaría de Comunicaciones de la Nación había hecho lugar al recurso interpuesto por las empresas Telefónica y Telecom y las cooperativas afiliadas en Fecosur en el cual explicaban los motivos por los cuales no se veían obligadas a dar la interconexión necesaria para que Fibertel, la empresa del Grupo Clarín beneficiada, pudiera dar telefonía. En su momento, las telefónicas argumentaron que Fibertel ya no existía como tal, desde el proceso de fusión entre Cablevisión y Multicanal, y por lo tanto, hasta que la Secretaría de Comunicaciones no autorizace los cambios de titularidad de las licencias, no tenían obligación de darle interconexión con sus redes.
Como respuesta, el 27 de agosto de 2009 Cablevisión denunció a Carlos Salas por inseguridad jurídica, arbitrariedad y discriminación. “Todo esto no hace más que echar dudas sobre la previsibilidad y la seguridad jurídica de las inversiones que tanto necesita nuestro país, así como sobre la credibilidad de los organismos de control del Estado”, expresaron en un comunicado.
El 3 de mayo, Rodríguez entendió que no había delito y sobreseyó a Salas. Entonces, los apoderados de Cablevisión Mauricio de Núñez y Candelaria Estévez interpusieron un recurso de apelación que llegó a Clarín, que insiste en ofrecer servicio de telefonía.
Los jueces de la Sala II revocaron el sobreseimiento a Carlos Salas, extitular de la Secretaría de Comunicaciones de Nación por una denuncia efectuada por Cablevisión en 2009. La empresa de cable había denunciado inseguridad jurídica por la creación de la resolución 165/09, que impedía que el Grupo Clarín ofreciera el servicio de telefonía. El juez Luis Osvaldo Rodríguez había sobreseído a Salas, pero por esta resolución de la Sala II, deberá continuar investigando.
En agosto de 2009, mediante la Resolución 165/09, la Secretaría de Comunicaciones de la Nación, había hecho lugar al recurso interpuesto por las empresas Telefónica y Telecom y las cooperativas afiliadas en Fecosur en el cual explicaban los motivos por los cuales no se veían obligadas a dar la interconexión necesaria para que Fibertel, la empresa del Grupo Clarín beneficiada, pudiera dar telefonía. En su momento, las telefónicas argumentaron que Fibertel ya no existía como tal, desde el proceso de fusión entre Cablevisión y Multicanal, y por lo tanto, hasta que la Secretaría de Comunicaciones no autorizace los cambios de titularidad de las licencias, no tenían obligación de darle interconexión con sus redes.
Como respuesta, el 27 de agosto de 2009 Cablevisión denunció a Carlos Salas por inseguridad jurídica, arbitrariedad y discriminación. “Todo esto no hace más que echar dudas sobre la previsibilidad y la seguridad jurídica de las inversiones que tanto necesita nuestro país, así como sobre la credibilidad de los organismos de control del Estado”, expresaron en un comunicado.
El 3 de mayo, Rodríguez entendió que no había delito y sobreseyó a Salas. Entonces, los apoderados de Cablevisión Mauricio de Núñez y Candelaria Estévez interpusieron un recurso de apelación que llegó a la Sala II.
Los camaristas Eduardo Farah, Horacio Cattani y Martín Irurzun expresaron el martes pasado en la resolución que antes de sobreseer a Salas, la causa debe “transitar determinados cursos de acción a los fines de completar el cuadro probatorio”. Por lo cual le piden a Rodríguez, del Juzgado federal N°9, que verifique información ofrecida por la defensa de Salas, relacionada con publicaciones en el Boletín Oficial de resoluciones de la Secretaría de Comunicaciones en las que declaró la caducidad de licencias de telecomunicaciones sin intervención de ningún otro organismo.