A través de una
resolución el Ministerio del Interior y Transporte estableció una compensación para las empresas de servicio automotor de pasajeros que deben trasladar gratuitamente a las personas con discapacidad por carreteras de jurisdicción nacional. Es para el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por motivos familiares, turísticos, educacionales, laborales, de asistencia médica o de cualquier otra índole que les resulte necesaria. Establece que por cada pasaje, destinado a beneficiarios del “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados”, las empresas recibirán la suma de 100 pesos. Este monto se actualizará en función de la Base Tarifaria de Aplicación (BTA) que aplique la Secretaría de Transporte.
La misma resolución también establece otra compensación, en este caso válida para todos los empresarios del transporte en general, que serán beneficiados con un peso por kilómetro recorrido para cada servicio que se preste entre la Ciudad de Buenos Aires y Bahía Blanca, Córdoba, Corrientes, Puerto Iguazú, Jujuy, Mendoza, Neuquén, Río Gallegos, Salta, Tucumán, Bariloche, Comodoro Rivadavia, San Martín y Viedma.
En los fundamentos queda establecido que “en relación a este tipo de servicios, resulta necesario tomar una serie de medidas que compensen una parte del valor de dichos pasajes”. La medida se dispuso a los fines de evitar incrementos, en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo entre la Unión Tranviaria Automotor y las Cámaras Empresarias del sector, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Secretaría de Transporte, en mayo del presente año.