El ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, dijo que la reforma del Código Civil y Comercial “es un gran avance, va a ser un código modelo”. Y agregó que “es importante porque actualiza la normativa en un solo cuerpo”.
“Es un gran avance, yo creo que va a ser un código modelo”, aseguró el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Julio Alak, al referirse al proyecto de Código Civil y Comercial unificado en declaraciones por Radio 10. Reveló que “muchos países latinoamericanos nos lo han pedido en la reunión de ministros de Justicia para tomarlo como modelo”. Y afirmó que “es importante porque actualiza la normativa en un solo cuerpo”.
El ministro destacó que “es un código simple, de fácil lectura” y resumió que “cualquier ciudadano que lo lee, lo entiende”. Entrevistado por Eduardo Feinmann, Alak resumió que el texto “adecuará las normas que regulan las relaciones entre los particulares a la realidad social de los tiempos presentes, hará la legislación más accesible a la ciudadanía, simplificará la resolución de instancias de la vida cotidiana de las personas y favorecerá la resolución pacífica de los conflictos”.
Y resaltó que “este Código fue discutido en el país, cuando el de Vélez fue votado a libro cerrado”. El Código fue elaborado por una comisión especial creada por ley, y el texto final se discutió en una comisión bicameral en el Congreso. El funcionario subrayó que “el proyecto recepta en la legislación civil y comercial de nuestro país los principios, las garantías y los derechos de nuestra Constitución Nacional”.
El ministro explicó que “los depósitos en moneda extranjera no estaban regulados específicamente, había una regulación genérica” en el Código vigente. Planteó que el nuevo texto “garantiza seguridad jurídica, establece en el 1390 claramente que quien deposite en moneda extranjera deberá recibir la misma moneda”. Respondió a los diputados opositores y dijo que “se pretende distorsionar algo que se tiene que tomar como una mejora”.
Ratificó que “las cajas de seguridad son inviolables, como los depósitos en moneda extranjera” y sostuvo que “este código hace realidad el principio de que la propiedad es inviolable”. A su vez, destacó que “se reconoce al peso como moneda de curso legal”, y aclaró que eso no impide hacer depósitos en dólares. “Si usted quiere vender su departamento o su auto en dólares, en cuotas, lo puede hacer”, ejemplificó.
“Hoy los trámites de adopción son lentísimos”
El nuevo código reducirá los 4670 artículos en materia civil y comercial a 2570 con toda la regulación. El ministro agregó que “tiene avances notables”, a partir de la reformulación de instituciones como la adopción. “En Argentina hay 10 mil pedidos de adopción anuales, y hay 10 mil niños, el mismo número”, reveló. Y explicó que hoy “los trámites son lentísimos, duran muchísimo tiempo” pero que con el nuevo código “se establecen 90 días para que los jueces resuelvan”.
Alak remarcó que el nuevo Código agiliza procedimientos complejos como la adopción, el matrimonio y el divorcio, y fortalece la protección de derechos individuales, por caso de los niños y de los ciudadanos en su condición de consumidores. “Regula realidades, como las uniones convivenciales”, agregó. El nuevo código recepta la realidad de los concubinatos y da lugar al nacimiento de derechos a partir de esa relación.
El texto plantea novedades en todo lo relativo al derecho de familia, e “incorpora el régimen de la reproducción asistida, que no tenía regulación, y mejora el capítulo de sucesiones”. También reconoce expresamente los “derechos personalísimos” a la dignidad, la intimidad, el honor y la imagen, entre otros, y, en el plano comercial, establece formas modernas de contratación y aumenta la seguridad jurídica. Todo ello para el mejor desarrollo y la mejor protección de los derechos de los ciudadanos.
“Se pretende distorsionar algo que se tiene que tomar como una mejora”
Aprovechó para responder a los diputados Federico Pinedo y Elisa Carrió, que anticiparon que irían a los tribunales sin mañana el proyecto se convierte en ley. “Va en contra de todos los antecedentes jurisprudenciales y de la Constitución, que establece una zona de reserva para el Congreso de la Nación en cuanto a esta legislación”. Y comparó: “Así como el Congreso no puede juzgar a personas ni el Ejecutivo puede dictar leyes ni juzgar personas, tampoco puede el Poder Judicial administrar el país ni tampoco legislar”. Indicó que “la Corte Suprema viene señalando que las cuestiones políticas no son justiciables desde 1893”.
Consideró que el trámite legislativo que se desarrolla para el tratamiento de esta iniciativa “se ajusta estrictamente al reglamento de la Cámara de Diputados y a la ley 13.640, que establece los causales de caducidad de los proyectos de ley y, en su artículo 2, exceptúa expresamente a los proyectos de códigos”, y resaltó su carácter “público, participativo, federal y plural”, que “no tiene precedentes en la historia de nuestro país”.