Lo afirmó el fiscal Marcelo Martínez Burgos, tras el fallo que condenó a perpetua al policía Enzo Álvarez por el crimen de Bruno Pappa. El abogado Pablo Barbuto, que representó a la familia de la víctima, explicó que es el primer caso en el que se consideró el hecho en el marco de un delito cometido por un miembro de una fuerza de seguridad.
“La sensación es que se hizo justicia y se hizo lo correcto”, dijo a Infojus Noticias Pablo Barbuto, coordinador del área de Asuntos Jurídicos Nacionales de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Fue tras la lectura del veredicto que condenó a prisión perpetua a Enzo Fabián Álvarez, un efectivo de la policía Metropolitana, por el crimen del joven de 26 años. La condena establecida por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 22 es la misma que la que habían solicitado fiscalía y querella. Para el fiscal Marcelo Martínez Burgos, el fallo “demostró que efectivamente hubo una ejecución y el exceso de la fuerza en el accionar, aunque no estuviera con el uniforme”.
El mediodía del 8 de septiembre de 2011 Álvarez iba de civil a su trabajo en la sede de Chacarita de la policía Metropolitana. Bruno iba en bicicleta, bajó, y le robó el bolso. Álvarez lo corrió más de una cuadra, y lo tiró al suelo. Poco después se acercó hasta ahí un agente de la Policía Federal, que había sido alertado por los vecinos. “No te apures que ya es boleta”, le dijo Álvarez. Bruno estaba tirado en el piso cuando Álvarez le disparó en la frente, a menos de 50 centímetros de distancia y con su arma reglamentaria.
“Es el primer caso que se condena en estas condiciones”, dijo Barbuto y resaltó la importancia de que “se haya considerado el hecho en el marco de un delito cometido por un miembro de una fuerza de seguridad” y agregó que esto “avala cabalmente la posición de la Secretaría de Derechos Humanos, que actuó como parte querellante en el presente proceso”.
Cuando fue asesinado, a Bruno le faltaban cuatro meses para convertirse en papá. Su novia, Cecilia, estaba embarazada de cinco meses. Hoy la joven, de 28 años, estuvo a pocos metros de distancia de Álvarez, en la sala de audiencias. Tras conocerse el fallo se mostró satisfecha, pero prefirió no hablar. Cecilia fue querellante en la causa, representando a la hijita que tuvo poco después del crimen y que hoy tiene poco más de tres años.
Álvarez, de 29 años, se retiró apenas terminó la lectura del fallo. Hasta que el mismo quede firme seguirá en libertad, como estuvo hasta ahora. La presidenta del Tribunal, Patricia Cusmanich, aclaró en la lectura que se dio aviso a todas las fuerzas del país respecto de la prohibición que tiene Álvarez para salir del país. El efectivo también deberá presentarse –hasta que se confirme el fallo- semanalmente frente al Tribunal, que tiene su sede en el sexto piso de los tribunales federales de Comodoro Py.
Bajo y morrudo, Álvarez llegó a juicio imputado por “homicidio simple” y salió condenado a prisión perpetua como autor penalmente responsable del homicidio agravado por su condición de miembro de una fuerza policial en abuso de sus funciones. Un revés que, hasta minutos antes, sus abogados le reducían a escasas posibilidades. El Tribunal también rechazó todas las nulidades presentadas por la defensa.
Tres momentos antes de una ejecución
“Quedó claro que fue una ejecución”, dijo Martínez Burgos sobre el cambio de carátula algo que él había pedido en su alegato y volvió sobre un punto clave de su exposición en el que hizo referencia “a tres momentos” en los que Álvarez “tuvo la oportunidad de parar y eligió seguir y ejecutarlo”. Uno cuando fue abordado y decidió sacar el arma e iniciar una persecución, otro cuando la víctima cayó de su bicicleta y le disparó, y el tercero, cuando lo redujo, oportunidad en la que podría haberlo detenido pero decidió “ejecutarlo”. El fiscal trabajó con la colaboración de personal de la Procuraduría contra la Violencia Institucional (PROCUVIN), varios de los cuales estuvieron hoy durante la lectura.
“Estamos conformes con la sentencia, es lo que habíamos pedido, salvo el agravante de la alevosía, que no se lo condenó por ese agravante el tribunal”, dijo Leonardo Martínez, abogado querellante que representó a la compañera de Bruno Pappa. “Quedó absolutamente claro cómo sucedieron los hechos. Las pruebas, los testigos, y las pericias fueron contundentes. Quedó clarísimo que fue una ejecución. Todo lo que intentaba Pappa era huir. No hubo una puesta en peligro de Álvarez”, agregó.
Para Martínez, gran parte de la importancia de la sentencia radica en que “ha condenado a una persona por un homicidio agravado por abuso en la función policial considerando que las obligaciones que el estado policial genera deben ser cumplidas en todo momento. En este caso considerando que Álvarez iba al destacamento a iniciar sus tareas diarias”.
Martínez, Barbuto y Martínez Burgos coincidieron en que el fallo no era “para estar felices”, porque “una persona de 29 años fue condenado a cadena perpetua”, sino “satisfechos” porque se había hecho justicia. “Si se hubieran tomados medidas preventivas, hubiera habido menos posibilidades de que una cosas así sucediera”, aseguró Barbuto en referencia a la responsabilidad que debe haber a la hora de formar agentes que porten armas.
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