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Infojus Noticias

30-9-2014|18:50|Nuevo Código Nacionales
Fallo del juez en lo Contencioso Administrativo Federal Ernesto Marinelli

Debate por el Código Civil: la Justicia rechazó suspender la sesión

Los diputados nacionales Elisa Carrió y Fernando Sánchez, de FAUNEN, habían presentado una cautelar para impedir el tratamiento de la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial. Un juez la rechazó. Dijo que “se estaría impidiendo sesionar a la Cámara de Diputados, afectando el funcionamiento de uno de los poderes del Estado”. Mirá el fallo.

  • Sol Vazquez.
Por: Infojus Noticias

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Ernesto Marinelli rechazó la medida cautelar que solicitaron los diputados nacionales Elisa Carrió y Fernando Sánchez, en la que intentaron frenar el tratamiento de la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial. La sentencia, a la que tuvo acceso Infojus Noticias, sostiene que si se hiciera lugar a la medida cautelar “se estaría impidiendo sesionar a la Cámara de Diputados, afectando el funcionamiento de uno de los poderes del Estado”.

Ayer los diputados nacionales de FAUNEN presentaron un amparo en la justicia para intentar frenar el tratamiento de la modificación del Código. En su presentación, que recayó en el juzgado de Marinelli, pedían una medida cautelar para que se ordene al presidente de la Cámara baja, Julián Domínguez, “abstenerse de convocar al tratamiento ante el pleno de esa Cámara del ‘Proyecto de ley sobre aprobación del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación-Derogación de la ley 340-Código Civil’”, hasta que se dicte una sentencia en la causa.

Pero el juez entendió que por jurisprudencia de la Corte Suprema la Justicia no puede interferir en el proceso de sanción de una ley. En la sentencia firmada hoy, de unas seis carillas, sostiene que “se encuentra vedado al poder jurisdiccional interferir en el proceso de formación y sanción de las leyes, sean ellas nacionales o provinciales”.

“Es necesaria la actualización del Código Civil”, dijo Sánchez a Nacional Rock esta mañana, y sostuvo que “no es una cuestión reglamentaria sino constitucional, la presentación es para que no se trate de esta manera, no tenemos problema de que se trate el Código Civil”. “Esperamos a ver si una comisión permanente, como la de Legislación General emita diversas opiniones, o llevamos a discutir directamente en el recinto, ¿ustedes saben lo que es discutir en el recinto la definición de vida humana?”, se preguntó.

Más allá de que se rechazó la medida cautelar la causa principal, el amparo continuará en la justicia, pero deberá analizar si la eventual sanción de una ley podría volverse nula porque no se respetó el reglamento de la Cámara. Esto es el proceso de sanción de la ley. Carrió y Sánchez pueden apelar la medida y, en ese caso, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal debería fallar antes que se reúnan los diputados.

Conflicto de poderes: el caso testigo de Ugolini

En 2009 hubo un caso similar al de hoy. Fue cuando se generó una vacante en el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires. El gobierno porteño envió una propuesta para que ocupe esa vacante la fiscal Daniela Ugolini. En aquel momento, más allá de las críticas políticas a la designación, jueces del fuero CAyT de la Ciudad hicieron lugar a medidas cautelares que prohibieran a la Legislatura y al Jefe de Gobierno avanzar en el proceso de designación de Ugolini.

Se dio lo que se conoce como un “conflicto de poderes” que llegó al máximo tribunal de la ciudad porque tanto el Ejecutivo local como el poder Legislativo fueron a la Justicia. Esto se puede ver en la caratula de aquella causa: “Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires c/ Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires s/ conflicto de poderes” (expediente 6836/09) y “Poder Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires c/ Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires s/ conflicto de poderes” (expediente 7046/10).

El tribunal terminó dándoles la razón al Ejecutivo local y a la Legislatura y sosteniendo que “cada uno de los poderes del estado debe actuar, en su ámbito, bajo estricta legalidad y sus actos deben estar desprovistos de cualquier mácula que pueda empañarlos, más aún los de trascendencia institucional”. Los jueces determinaron que no se ejecuten las medidas cautelares que se habían dictado.

El final de la historia de aquella vacante fue que Ugolini terminó renunciado a su candidatura “por razones personales y familiares” y después a ese lugar llegó Inés Weinberg de Roca, luego de pasar por el proceso de designación.

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