Lo dijo Gustavo Herbel, juez de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de San Isidro, quien explicó detalles sobre esta modalidad de juzgar en el segundo día de las Jornadas Nacionales de Juicio por Jurados en Concepción del Uruguay.
Una de las críticas que aparece desde las formas antiguas de la Justicia, aquellas que sostienen el sistema inquisitorio y ven a los jueces como enviados celestiales de la verdad, es que los juicios por jurados no tienen validez porque aquel que no estudió Derecho en una universidad no puede distinguir entre lo justo y lo injusto. En las Jornadas Nacionales de Juicio por Jurados que se realizan en la Universidad de Concepción del Uruguay (UCU), no cesa de repetirse que la Justicia tal como la conocemos debe cambiar para acercarse a la gente. Ya no hay tiempo para quedarse sentados en un estrado a esperar.
Silvina Manes trabaja como jueza de cámara en Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y llegó al encuentro de Entre Ríos para hablar sobre cómo elegir a un buen jurado: “Entre los requisitos mínimos hay que crear oficinas de jurados para los momentos de selección aleatoria. Hay quienes propician los jurados anónimos, pero el imputado tiene derecho a saber quién lo está juzgando. El juez debe explicar a los posibles jurados que no se trata de cuestiones personales, que se debe ser justo e imparcial. El rol del proceso de selección de jurados tiene que dar la garantía del derecho a un juicio justo”.
En mayo Neuquén tuvo su tercer veredicto mediante el juicio por jurados populares desde que en enero pasado se aplicó la reforma judicial. En el banquillo se sentó un policía al que se le imputaba un hecho de gatillo fácil. Para el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) y la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ) este dato no fue menor. “Destacamos que estos delitos, normalmente impunes ante la justicia profesional, fueron juzgados con todas las garantías y, aun así, no hubo un solo jurado votando en disidencia”, dijeron en un comunicado conjunto. El fallo fue por unanimidad y tras un debate oral de tres días la presidenta del jurado leyó la resolución: el ex policía Héctor David Méndez es culpable de haber asesinado el 22 de julio de 2012, en Neuquén, a Matías Casas.
Gustavo Herbel, juez de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de San Isidro, explicó que “al jurado no se le pueden decir los antecedentes del imputado y eso funciona como medida profiláctica para que no se juzgue por los antecedentes”. Herbel enumeró motivos: “El juicio por jurados produce legitimación popular y legitimación ante las partes. Por la máxima imparcialidad e independencia del jurado. Porque se confronta toda la prueba. Porque se traduce información a un discurso llano y se construye a través de la audiencia oral y no a través de expedientes. El juicio por jurados provoca un escenario donde las personas que no se dedican al Derecho empiezan a entender qué pasa en el Derecho. El imputado comprende el proceso y la cuestión se particulariza: se habla de 'el' caso y no 'un' caso más”.
"El juicio por jurados existió siempre como norma jurídica aunque el poder siempre lo soslayó e hizo que no estuviera”, reforzó Marciano Martínez, ex constituyente e integrante del Instituto de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología del Colegio de Abogados de Entre Ríos.
Juan Manuel Oliva, magistrado de la Cámara Penal con asiento en Rafaela, Santa Fe, habló desde su experiencia en la enseñanza: “El docente de matemáticas puede solo leer y enseñar mediante un conocimiento teórico ¿es suficiente para el juicio por jurados? Puede un docente enseñar grado y posgrado desde un libro y sin el conocimiento que da la experiencia? Es indispensable que expliquemos por qué el jurado además de ser constitucionalmente obligatorio es necesario, para que no se nos acuse de la prepotencia de la Constitución al estilo 'esto es obligatorio y punto'. Para eso debemos profundizar el estudio para ver y exponer las razones por las que gana el juicio por jurados”.
En Santa Fe el diputado provincial Leandro Busatto presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados para instaurar el mecanismo de juicio por jurados en la provincia del litoral, ante delitos contra la vida y contra los deberes de funcionario público. Podría ser sancionado antes de fin de año. La propuesta incluye jurados de doce miembros –con cuatro suplentes- integrados por ciudadanos del padrón electoral escogidos por sorteo, que se integrarían ante cada caso particular de delitos contra la vida o la integridad de la persona –homicidio, secuestro extorsivo, robo agravado por extorsión- y delitos cometidos en calidad de funcionario público o contra el orden constitucional.
Alfredo Pérez Galimberti, defensor general alterno de la provincia de Chubut, expuso sobre las estrategias de enseñanza del juicio por jurados en los niveles de grado y posgrado, dijo que “la educación que tenemos que poner en marcha no pasa por los saberes sino también por las actitudes. A veces nos preguntamos ¿qué se está esperando para incluir al juicio por jurados en la educación?, no es solo interrogar y construir un argumento que cierre en la cabeza del que decide. ¿De dónde vamos a sacar a los jueces para cumplir la ley? Creo que tendremos que apostar en las escuelas judiciales y que debemos prestarle fortísima atención al problema de formación de los jueces, para que cuando pongamos estas formas en el sistema lo hagamos con la mayor calidad y celeridad posible. Mediante oficio, experiencia y saber”.
Después de un repaso por las provincias donde ya se aplica el sistema de juicios por jurados -Neuquén, Córdoba y Buenos Aires- Noelia Ríos, integrante del Poder Judicial de Entre Ríos, concluyó en que “el ciudadano debe participar en las audiencias y saber por qué se toman las determinaciones judiciales” y señaló que “de momento solo es una opción para delitos muy graves, aunque el proyecto es que en algún momento llegue a todo tipo de delitos”.
Para el cierre Pablo Barbirotto, especialista en Derecho Penal, habló de la aplicación del juicio por jurados en los procesos juveniles y teorizó sobre las estigmatizaciones del lenguaje: “Pensar el juicio por jurados en adolescentes es difícil porque a lo largo de la historia los niños y adolescentes no han sido considerados ciudadanos. El menor como concepto jurídico recién lo vamos a encontrar en el siglo xix y se suele distinguir todavía entre menor y niño: los menores suelen estar en los reformatorios y los niños en las escuelas. Y esa es una idea que reforzada por los medios de comunicación”.
Barbirotto dijo que “seguimos tratando al menor con un objeto de protección y no como un sujeto de Derecho. Pero la garantía de juicio por jurados la pueden exigir los menores porque figura dentro de sus derechos siempre que sea solicitado voluntariamente por él y su defensor. No solo es posible sino que es deseable el juicio por jurados como opción para los niños, y esto está apoyado en la Convención Internacional de los Derechos del Niño”.