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Infojus Noticias

28-8-2013|14:06|Ley de Medios Nacionales
Etiquetas:
Audiencia Pública

Gils Carbó: “distinguir entre el derecho adquirido y el hecho consumado”,

Alejandra Gils Carbó, procuradora general de la Nación intervino en la audiencia por la Ley de Medios en nombre del interés general. “Hay que distinguir", dijo, "entre lo que es el derecho adquirido a la propiedad privada y la política del hecho consumado”.

 

La titular de la Procuración realizó un repaso por las peripecias judiciales que atravesó la ley de medios desde que ingresó al Congreso. Aludió a la cautelar que se le negó al Grupo Clarín, interpuesta para que no se sancionara la ley, y luego a las cautelares concedidas y prorrogadas en su favor para impedir la vigencia de la normativa. Describió la matriz del Grupo Clarín, que “monopoliza la producción del papel de diarios y es el principal dueño de medios gráficos”, a la vez que tiene una posición predominante en el mercado editorial y en el medio digital a través de redes de contenidos para Internet. Insistió en que la regulación no afecta en nada a los medios gráficos, uno de los argumentos expuestos públicamente por Clarín durante los últimos años para oponerse a la nueva ley.

Impugnó las distintas “falacias” que desarrolló el Grupo Clarín durante sus defensas en contra de la ley. Como uno de ellos, planteó que los mismos “beneficios de escala” que la corporación gerenciada por Héctor Magnetto utiliza como argumento para justificar su posición como legítima, son los que hacen necesaria la regulación antimonopólica, ya que es la audiencia la que resulta perjudicada, en la vulneración de un derecho constitucional como lo es el del acceso a la información.

También apuntó contra la idea de que la regulación de los medios audiovisuales resulte un “avasallamiento a la propiedad de una empresa” ya que lo que se discute forma parte del ámbito público administrativo, y no patrimonial. “Quien eligió realizar esta actividad, eligió adecuarse a una regulación legal”, afirmó. Y argumentó que para que haya una lesión a la propiedad privada, ese daño debe ser injusto: “hay que distinguir entre lo que es el derecho adquirido a la propiedad privada y la política del hecho consumado”, sosteniendo que el caso de Clarín es el segundo.

Hizo hincapié en el papel que jugó el Grupo fundado por Roberto Noble durante la última dictadura cívico militar. “La piedra angular tuvo lugar en el ’77, con la adquisición de la única fábrica de papel de diario, operación que hoy se investiga”, y luego afirmó que el multimedios ejerció “el silencio necesario para que desaparecieran 30 mil personas y sucedieran más de tres mil apropiaciones de bebés”.

No puede haber, dijo, “derechos adquiridos ni violación de la propiedad privada a partir de una posición construida violando los derechos humanos, como el de defender la pluralidad de información, entre otros”. Y señaló que Clarín obtuvo la complacencia de gobiernos democráticos violando los estándares de leyes de radiodifusión vigentes, fallos contrarios a las leyes vigentes, “y todo gracias al inmenso poder de lobby del grupo económico que, con una capacidad extorsiva, lesiona el desarrollo democrático”.

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