Con los expedientes en la mano, la socióloga Silvia Chejter y la abogada Marcela Rodríguez hurgaron en las respuestas judiciales ante los homicidios perpetrados por varones y los cometidos por mujeres y resaltaron las prácticas sexistas a la hora de dictar una sentencia.
“Tenía una relación tormentosa lindante con lo enfermizo”, “mantenía una relación matrimonial muy crítica”, “nada diferente sucedió esa noche a lo que venía sucediendo hacía 38 años”. Las frases surgen de sentencias donde distintos tribunales condenaron a mujeres por matar a sus parejas. En todos los fallos, los jueces ocultaron, con lo no dicho, la violencia previa. El tratamiento judicial es dispar para mujeres y varones. Esta es una de las conclusiones a la que llegaron la socióloga Silvia Chejter y la abogada Marcela Rodríguez en “Homicidios conyugales y de otras parejas. La decisión judicial y el sexismo”, publicado este año por Editores del Puerto.
Chejter y Rodríguez analizaron 144 sentencias de homicidios conyugales y de otras parejas –consumados o en grado de tentativa– en tres jurisdicciones del país en el periodo que va de 1992 y 2010. Con los expedientes en la mano hurgaron en las respuestas judiciales ante los homicidios perpetrados por varones y los cometidos por mujeres. Es decir, la dimensión sexista de las prácticas judiciales.
En el libro acuñan un término novedoso: el “historial de violencia”. Para las autoras gran parte de los crímenes analizados son el resultado final de una historia de violencia conyugal o de pareja perpetrada, en general, por el hombre. Esos son los episodios que los jueces, muchas veces, enmascaran. Chejter y Rodríguez plantean que las agresiones previas al asesinato-o su intento- están explícitamente mencionadas en algunas sentencias, pero en otras aparecen más encubiertas. Las escritoras creen que en el ámbito judicial hay una “incomprensión de la violencia conyugal”.
“La negación de historiales de violencia previos contra las mujeres tiene como correlato negar la concurrencia de circunstancias extraordinarias de atenuación a su favor, o su legítima defensa”, escriben en el libro.
La determinación de una pena tiene una serie de pasos previos que influyen en la decisión que se tome. Las autoras desarman ese camino que conduce hasta una sentencia. ¿Qué hechos reconstruyen y seleccionan los jueces? ¿Cuáles pruebas tienen en cuenta en el juicio? ¿Qué peritajes? ¿Cómo nombran a la violencia? Las escritoras despliegan y evalúan los fundamentos y argumentos desarrollados por los jueces para justificar la resolución de los casos, así como el discurso, la narrativa, las representaciones simbólicas, los prejuicios y los estereotipos.
En el análisis minucioso de los veredictos Chejter y Rodríguez se encontraron con que el propio “historial de violencia” es distinto cuando la víctima es varón o mujer. En general, ellas relatan antecedentes extremos: fracturas en distintas partes del cuerpo, hemorragias, deformación de rostro y golpizas severas. Mientras que ellos hacen mención a “agresiones verbales” y “expresiones humillantes o denigratorias”.
Más riesgos para las mujeres
La investigación de la socióloga y la abogada coincide con otros análisis en materia de violencia familiar: las víctimas, en su mayoría, son las mujeres. Y también son las que más se animan a denunciar. No hay ningún caso en el total de las sentencias examinadas en que haya denuncias hechas por varones por ser víctimas de violencia. “Los riesgos de ser asesinadas por sus parejas son muchos más elevados para las mujeres que viceversa”, dicen en uno de los capítulos.
Otro de los puntos interesantes sobre el que hacen foco tiene que ver con la justificación solapada de los hechos. Para ellas, la violencia aparece adjudicada a la víctima. “Lo sometía a malos tratos y humillaciones”, “se negaba a tener sexo lo que afectaba su virilidad”, “reaccionó ante la agresiva confirmación de que su esposa no volvería con él“: son algunas de las frases que los tribunales incluyen en los argumentos.
Esta justificación se ve traducida en los veredictos. Según el libro, de 25 sentencias de homicidios conyugales consumados por varones, en 9 los jueces decidieron atenuar la pena, en dos consideraron que se trató de emoción violenta. Solo en diez casos condenaron a los asesinos por penal agravada por el vínculo conyugal.
No es la primera vez que Chejter y Rodríguez se ocupan de estas temáticas. En 2011 analizaron 28 sentencias sobre trata de personas. El análisis de ese material quedó plasmado en “La trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual. Análisis de las políticas públicas y de las respuestas judiciales”. Cada una en su campo son referentes sobre los debates académicos en torno a la prostitución, la trata de personas con fines de explotación sexual y otras temáticas de género. “Homicidios conyugales y de otras parejas. La decisión judicial y el sexismo” demuestra con datos concretos y argumentos sólidos que quienes imparten justicia no son neutrales.