El Tribunal Oral en lo Criminal N° 24 ordenó la excarcelación de los músicos del grupo Callejeros luego de que la Corte Suprema aceptara un recurso extraordinario. En esa resolución, el máximo tribunal pidió a la Cámara Federal de Casación Penal que revise la sentencia que los condenó.
“El tribunal ordenó la libertad de todos los chicos”, así lo confirmó a Infojus Noticias Marcelo Brito, representante de Patricio Santos Fontanet, Cristian Elarzar Torrejón y Daniel Horacio Cardel, ex integrantes de Callejeros. Hoy por la mañana el abogado había presentado el pedido de excarcelación ante la justicia.
La libertad de los músicos se logró después que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenara revisar el fallo condenatorio a los miembros de la ex banda Callejeros, sentenciados y presos por la tragedia de Cromañónl. En la resolución, pidió que se creara un tribunal para tratar el tema. “La Corte avaló el recurso de queja que interpusiéramos y resolvió declarar admisible el recurso extraordinario contra la sentencia condenatoria basándose en el principio de la ‘doble conformidad’, una jurisprudencia creada por la Corte Interamericana”, dijo el abogado Marcelo Brito.
En el dictamen, firmado por Enrique Petracchi, Elena Higthon de Nolasco, Eugenio Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda, se especificó que “se remite a la Cámara Federal de Casación Penal para que por intermedio de quien corresponda se designe una nueva Sala para que proceda a la revisión de la sentencia”.
En la argumentación, la Corte Suprema hizo referencia a otro caso -“Duarte”, una causa por contrabando de estupefacientes- en el que se dio “la concreta afectación a la garantía del doble conforme” -es una teoría que plantea la posibilidad de tener dos respuestas a una sanción penal-. En el de Callejeros, sólo había una sola respuesta.
A primera hora del día, Brito había anticipado a Infojus Noticias que presentaría un recurso reclamando por la inmediata libertad, ya que el fallo no estaba firme. Fontanet está detenido en el penal de Ezeiza cumpliendo una condena a siete años de prisión dictada el 20 de diciembre de 2012 por estrago doloso y cohecho. Brito indicó que ahora, la Cámara Federal de Apelaciones, con otros miembros, revisará la sentencia. "Es el primer fallo en la historia de la Corte sobre la garantía contemplada en la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, agregó y explicó que se aplicó el principio por el cual toda persona tiene la garantía de inocencia hasta que no existan dos sentencias condenatorias firmes. "En el juicio el cantante de Callejeros fue absuelto y luego condenado en un Tribunal Federal de Casación", completó.
Los músicos fueron absueltos primero por el Tribunal Oral Criminal N° 24 de la Capital Federal pero después fueron condenados por la sala III de la Cámara de Casación Penal. El abogado entendió que como ahora la Corte hizo lugar al recurso extraordinario habría que retrotraer los hechos al 20 de diciembre, día en que se ordenó la detención de la banda.
Por la tragedia de Cromañón, donde murieron 196 personas el 30 de diciembre de 2004, los quince imputados por el Tribunal Oral 24 en agosto de 2009 fueron los músicos de Callejeros Patricio Fontanet, Eduardo Vázquez, Juan Alberto Carbone, Christian Eleazar Torrejón y Maximiliano Djerfy. También el mánager Diego Argarañaz, el escenógrafo Daniel Horacio Cardell, el dueño de Cromañón, Omar Chabán; su mano derecha, Raúl Villareal; el ex comisario Miguel Belay, su subcomisario Carlos Díaz, y los ex funcionarios porteños Fabiana Fiszbin, Ana Fernández y Gustavo Torres. En esa primera condena, el tribunal absolvió a los siete miembros de Callejeros, al comisario Belay y a Torres, y condenó a los demás con penas de entre uno y 20 años de prisión.
Pero ese fallo fue apelado y la Cámara Federal de Casación Penal cambió la carátula de “estrago doloso” a “estrago culposo”, un delito con menos pena. Además, en esta instancia se revocó la absolución de la banda y se los condenó. Luego de nuevas penas del tribunal, también apeladas, en 2012 la Sala III de Casación Penal ordenó el inmediato cumplimiento de las condenas. Desde entonces, Fontanet está detenido en el pabellón neuropsiquiátrico de Ezeiza. El fallo condenó a 10 años y 9 meses de prisión a Omar Chabán, dueño del boliche; a 5 años de prisión al ex manager de la banda Callejeros Diego Marcelo Argañaraz; a 7 años al líder del grupo Patricio Santos Fontanet; a 6 años al baterista Eduardo Arturo Vázquez -quien también cumple una condena de 18 años por el asesinato de su esposa, Wanda Tadde-, ; a 5 años a los restantes músicos de la banda; a 3 años al escenógrafo del grupo, Daniel Horacio Cardell, y a 6 años a Raúl Alcides Villarreal, mano derecha de Chabán.
El segundo juicio de Cromañón
En 2012, los jueces del TOC 24 Marcelo Roberto Alvero, Raúl Horacio Llanos y María Cecilia Maiza juzgaron a cinco actores indirectos de la tragedia. El único condenado fue Rafael Levy, dueño del predio donde funcionaba el boliche, a cuatro años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable del delito de incendio culposo.
Fueron absueltos Gabriel Sevald, ex comisario de la seccional 7°; Juan Carlos López, ex secretario de Seguridad del Gobierno porteño durante la gestión de Ibarra; su segundo, Enrique Carelli; y Vicente Rizzo, ex director de Seguridad Privada.
Un pedido para aumentar las penas
El 29 de noviembre pasado, por otra parte, el procurador Fiscal ante la Corte Suprema, Eduardo Casal retomó un recurso presentado por el fiscal ante la Cámara de Casación Penal, Raúl Pleé. Éste había apelado la sentencia por la que se condenó por el delito de estrago culposo a los catorce imputados. Casal planteó que la Corte debía revisar la sentencia retomando la hipótesis del estrago doloso, lo que implicaría un aumento de las penas.
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