Se la acusa, junto con su esposo, de haber declarado una suma menor de discos de los que realmente se habían fabricado. La artista fue embargada por 200 mil pesos y el delito prevé una pena de hasta seis años de cárcel.
La cantante infantil Adriana enfrenta un nuevo conflicto judicial. Tras el escándalo por los derechos de autor del Sapo Pepe, personaje que la lanzó a la fama -y cuyo usufructo perdió-, la artista recibió un nuevo revés judicial al ser procesada por presunta “defraudación” por haber declarado una suma menor de discos de los que realmente había confeccionado. La artista fue embargada por 200 mil pesos y el delito por el que está acusada contempla una pena de entre un mes y seis años de cárcel.
La Sala Cuarta de la Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de Adriana Frida Szuterman Esses, conocida popularmente solo con su nombre de pila, y de su marido y productor, Sergio Strauch, por el presunto delito de “defraudación” contemplado en el artículo 72, inciso “d” de laLey de Propiedad Intelectual. La pareja, pagó derechos de autor “por 24. 8000 CD y DVD, y se fabricaron 109.804”.
Adriana y Strauch reconocieron que habían producido un número mayor de discos que la que informaron en los formularios de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC). Al detectarse la irregularidad, ambos pagaron la diferencia entre ambas cifras pero la justicia consideró que el delito se había cometido.
Todos los autores deben inscribirse en SADAIC para cobrar por los derechos de las retransmisiones de sus obras. Cuando un intérprete, como en el caso de Adriana, además de sus canciones canta otras cuya autoría no le pertenece, tiene la obligación de declarar la cantidad de discos que vende a SADAIC para que los autores de las canciones puedan cobrar su tajada por los derechos de reproducción. “No hacerlo, es un delito. Y de controlar que eso no pase se encarga un equipo que recibe planillas y coteja las cantidades declaradas”, explicaron fuentes de SADAIC a Infojus Noticias.
El tribunal integrado por Mariano González Palazzo, Carlos Alberto González y Alberto Seijas consideró que el delito de defraudación que se le acusa a Adriana se cometió "cuanto el agente autorizado por la entidad competente edita una mayor cantidad de ejemplares a la permitida".
"Lo ilícito en el caso que nos ocupa es el exceso al que se hizo alusión, y no la reproducción o el uso en sí mismo", explicaron los jueces y agregaron que el delito "quedó consumado al haberse concretado el perjuicio efectivo contra los derechos de explotación derivados de la expedición de un número mayor de ejemplares a los que fueran habilitados”.
Para los magistrados más allá de la reparación que hayan podido hacer, “no le resta ilicitud al accionar, por cuanto para ese entonces se encontraba perfeccionado", insistieron los camaristas quienes descartaron que se hubiera tratado de un “error”.
"Tanto Strauch como Szuterman Esses rubricaron los formularios de mención, en los cuales se encuentra visible y claramente plasmado el porcentaje que corresponde abonar en concepto de regalías por cada ejemplar fabricado", dijeron los jueces.